Cita:
Originalmente publicado por Kili
Valen si que valen, al juez si le vale cualquier grabación casual sobre cualquier acto ilícito, no será prueba concluyente pero vale, otra cosa es que un funcionario aporte un video para acusarte, obtenido sin consentimiento judicial, pero a un particular una grabación casual claro que vale para mucho.
Digo casual, no vale que le pongas una cámara a tu vecino de pantalán, pero si vas navegando y grabas un acto de estos con consecuencias de juzgado si sirve y si es a terceros lo mismo.
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Me permito añadir a lo muy bien dicho, que, además, las restricciones a la toma de imágenes o grabaciones solo tienen su sustento en la protección de datos de carácter personal.
La difusión de irregularidades en los medios de comunicación o redes sociales, en mi opinión, no tiene efecto alguno -quizás sea hasta contraproducente, no olvidemos que en ocasiones estamos ante idiotas- lo verdaderamente efectivo es la sanción o la indemnización de daños, métodos de eficacia acreditada para o insuflar normas de convivencia a quienes las desconocen o desprecian.