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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes a todos
, Me voy a presentar al examen del PER en breves y estudiando he visto que una pregunta bastante repetida es la distancia que hay que dejar a los buceadores o embarcaciones con la bandera alfa o bravo modificada (25 m). Sin embargo, según el real decreto 550/2020 Articulo 14. Punto 2 del 2 junio por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo que dice: "A excepción de la embarcación de apoyo, todos los buques o embarcaciones deberán mantenerse a una distancia de seguridad mínima de 50 metros de la zona de buceo, y actuar de acuerdo con las normas del Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes en la Mar, atendiendo a factores como el tipo de buque o embarcación y la velocidad de navegación" https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/B...onsolidado.pdf No sabría que contestar si 50 m o 25 m ![]() Que dirías vosotros Muchas gracias ![]() |
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