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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#10
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Para mí, el RD no deja lugar a interpretaciones:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id...-2014-10344#a6 Artículo 6.2 La licencia de navegación y los títulos de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo se podrán obtener de forma directa. Sin embargo para la obtención de los títulos de patrón de yate y capitán de yate será necesario estar en posesión del título inmediatamente inferior. Dice "el título", lo que significa que hay que tenerlo entero y expedido. Y si alguna administración permite ir a PY sin PER, pues eso que te ahorras en tasas, pero no lo estarían haciendo bien. ¡Ánimo con el estudio! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a migcc | ||
Peterjazz (23-09-2020) | ||
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