![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Buenas tardes:
Leyendo el tema de los abanderamientos en distintos paises, y las fundadas y documentadas aportaciones de algunos cofrades, me surge la siguiente duda: ¿Que situación legal tendría un ciudadano español, aunque con doble nacionalidad, que abandere su barco (Residente en España y el barco permanece en España) en el pais de su otra nacionalidad (Pongamos por ejemplo Canada o Estados Unidos) ¿Tendría que atenerse a la misma normativa que el ciudadano español que lo haga, o al futuro RD que obligaría a todo español a cumplir, o el hecho de ser nacional también del otro estado, y ser el barco abanderado en ese estado "elimina" de alguna manera la imposición de cumplir por ser ciudadano español. Caso concreto. Barco español, que se abandera en Estados unidos (Delaware o cualquier otro estado) pero con la particularidad que el armador es ademas de español ciudadano americano también, aunque residente en España. ¿Alguna idea? Gracias por adelantado... |
|
|