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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días,
Estoy reabanderando en España (vengo de bandera holandesa) y el trámite se ha enquistado con la tasa de ayuda a la navegacion. Según el RD lesgislativo 2/2011 del 5 de septiembre, en el articulo 171 (e) sobre exenciones dice: las embarcaciones a vela con eslora no superior a 12 metros (mi barco mide 6,80 de eslora y es un velero) estan exenta unicamente de la tasa de ayuda a la navegación. Es asi? O me he saltado algo, ?¿alguien me lo puede corroborar? Gracias pedid al tabernero lo que queráis tomar.
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![]() socio nº 1995 |
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