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Antiguo 13-04-2022, 21:01
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Predeterminado Real Decreto 269/2022, nueva regulación PPER

Buenas tardes

Tras leer bien el RD, algo me inquieta.

Lo positivo, por fin han quitado el curso Embarcaciones de supervivencia y Botes de Rescate No rápidos, largamente debatido, no hay más que añadir.

La inquietud me surge por la nueva redacción que dan a lo que antes específicamente establecía como una declaración responsable para justificar las millas navegadas:

:
Cita:
Aportar un registro de navegación con indicación del nombre del buque o buques y su matrícula, donde se registrará haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas náuticas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas náuticas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de salida a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una
duración mínima de 48 horas. Las navegaciones serán validadas por los órganos periféricos de la Dirección General de la Marina Mercante en la forma que se estipule mediante orden ministerial de desarrollo de este real decreto.
Cómo un registro de navegación, en barcos de recreo que no tiene obligación de registrar las navegaciones.

Además, más inseguridad: Las navegaciones serán validadas por los órganos periféricos en la forma que estipule una orden ministerial. De momento, no tenemos orden ministerial, con lo que dependerá del criterio de cada Capitanía.

Entra en vigor dentro de un mes. Si tuviera el CY expedido ya, haría el curso de botes (lo único que me faltaría) y lo presentaría antes de ese mes.

Espero que se imponga la cordura y el registro sea vía declaración responsable. Recopilar ahora tracks de diversos programas, máquinas y formatos para justificar las navegaciones y que eso lo den por válido, me deja ciertamente preocupado.

Sin brindis.
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Rafaseaman (20-04-2022)
 

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