Cita:
Originalmente publicado por saikal
Y eso es legal cofrade? Te obligan a repostar gasolina del puerto y no la que tu traigas de donde te salga de las narices?
En ningún lugar privado se puede obligar a consumir lo que está en el recinto mietras hayas pagado por estar en el.
Por ej: Si yo voy a parque acuatico con piscinas para pasar el domingo con la parienta y pago 5€ la entrada, puedo entrar mi comida y consumirla dentro, no estoy obligado a consumir en sus puestos.
Otra cosa diferente sería un bar, ya que tu te estas sentando para consumir sus productos, no has pagado nada por ponerte en la mesa.
Lo cual si yo pago al puerto por usar las instalaciones, no tengo porqué respotar su gasolina, ni su jabón (para bañarme) ni su comida ni nada de lo que me ofrezcan como servicios.
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Ningun puerto deportivo puede prohibier eso sin tener autorización de la autoridad de puertos de la comunidad autonomoa y siempre de acuerdo con las leyes. Que intenten que solo puedas repostar en su gasolinera lo entiendo, pero que eso sea legal y que de verdad te puedan obligar, lo dudo mucho.
Lo mejor sería, si alguno lo sabe, que pusiera aqui que decreto o que normativa dice que solo podemos repostar en las gasolineras de los puertos.