Cita:
Originalmente publicado por Egis
NO te están reclamando la tasa de los años 2021 y 2022 (uno y dos años atrás)
Te reclaman las tasas de los años 2017 y 2018 (5 y 6 años atrás)
Las tasas se publican en "Hacienda", una vez publicadas allí se supone que son de "publico conocimiento".
Lo único que puedes interponer es el recurso de prescripción de deuda. Las deudas tributarias en España caducan a los 4 años desde que el último día de pago en plazo hábil.
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Muchas gracias, y como se hace ese recurso?