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VHF: Canal 77 |
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Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
Buenas compañeros navegantes, una ronda para todos
Desde hace un par de años vivo en mi barco, una motora de 9,6 metros, y desde entonces no me veo volviendo a vivir en tierra. Estoy empadronado en mi barco (realmente en mi amarre). Mi intención es cambiar a velero en un futuro, cuando tenga la posibilidad, y comenzar a navegar recorriendo el mundo, pero eso es otro asunto. El tema es que recientemente me dio por leer cada cláusula del seguro que tengo contratado con Allianz para mi barco (tras un problema que tuvo un compañero), y he leído una exclusión que me ha dejado preocupado. Resulta que textualmente dice: Artº. 2º. RIESGOS EXCLUIDOS CON CARÁCTER GENERAL Tendrán la consideración de riesgos excluidos en todo caso: 2. Los siniestros ocurridos cuando la embarcación asegurada fuera utilizada para fines distintos de los expresamente recogidos en la presente póliza. En ningún caso, será aceptado un siniestro cuando la embarcación asegurada esté siendo utilizada como vivienda permanente.Es decir, por el hecho de vivir en mi barco, si voy navegando y el motor se me para y necesito remolque o asistencia de Salvamento Marítimo, el seguro se lavaría las manos porque con esta exclusión anula toda cobertura. Tengo el seguro básico de Responsabilidad Civil, Asistencia Marítima y Accidentes personales, por lo que ni tengo ni he pedido daños a mi barco (es muy antiguo). Después de investigar varios seguros, veo que la mayoría incluyen esta exclusión, o generalizan poniendo "si se usa el barco para un destino diferente al que fue contratado", y se pueden agarrar a ello. Solo en una compañía especifica que la exclusión es solo para los daños a la embarcación, cuando la causa de los daños sea el hecho de vivir a bordo, por lo que si navegando tengo una avería o necesito asistencia, que nada tiene que ver con el vivir a bordo, no existe cláusula que me desampare. Pero la cuestión es:
Por otro lado, próximamente me cambiaré de puerto y me voy a Portugal, por lo que me empadronaré allí. Desconozco si los seguros en Portugal funcionan igual, si puedo seguir con el que tenga contratado en España, o es preferible cambiarme a uno de Portugal, o incluso algun seguro europeo con el que esté cubierto en cualquier parte incluyendo mi barco como vivienda. Espero que me podáis iluminar un poco sobre este tema, o si hay un vacío legal en este aspecto, porque me preocupa necesitar asistencia y verme desamparado. Saludos |
Etiquetas |
seguro, vivir a bordo, vivir en un barco |
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