Sobre la legalidad del fondeo
EIVISSA | A. F. F. La Asociación de Navegantes del Mediterráneo organizó ayer una mesa redonda con la asistencia del director general de la Mar, Bartomeu Calafell, y la delegada en Eivissa de Ports de Balears, María José Torres, para presentar el tríptico que han editado conjuntamente informando a los turistas náuticos de las buenas prácticas en las aguas de las islas.
Calafell dice que la Administración apuesta por educar en lugar de sancionar, aunque el presidente de la Asociación, Juan Poyatos, dice que no se puede sancionar a una embarcación que suelte el ancla en cualquier punto de la costa, incluso en áreas protegidas «porque se trata de una maniobra de seguridad regulada por Real Decreto», de rango superior a cualquier normativa autonómica. «Sólo en los accesos a un puerto está prohibido fondear», añadió. Así que si en la legislatura pasada se planteaba prohibir el uso del ancla en las zonas declaradas Lugar de Interés Comunitario, ahora han conseguido «que sólo se desaconseje su uso».
En la guía trilingüe que han editado Administración y navegantes -en catalán, castellano e inglés-, se explica «dónde fondear» y a qué distancia de la costa; «minimizar ruidos»; optar por «la boya en lugar del ancla» a la hora de fondear y, en caso de tener que usarla, «soltarla sobre la arena y no en zonas de poseidonia», además de otros consejos para reducir su impacto. Se repartirán 20.000 ejemplares del tríptico en los clubes náuticos de las islas, en una iniciativa que Calafell definió como «distinta a lo anterior», porque «hasta ahora» sólo se informaba al visitante para «reñirle».
Fondeo por Real Decreto
La maniobra del fondeo en el mar está regulada mediante Real Decreto, que tiene rango superior a cualquier normativa autonómica, y por eso no puede ser sancionada por el Govern.
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