Cita:
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Passenger ships - usually defined as a ship carrying more than 12 passengers - on international voyages must comply with all relevant IMO regulations, including those in the SOLAS and Load Lines Conventions.
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Fuente:
http://www.imo.org/Safety/mainframe.asp?topic_id=356
Aparentemente, España aceptó tanto la convención
SOLAS como la
Load Lines. Esta información también estaría disponible en la web de la
International Maritime Organization en formato Excel (
http://www.imo.org/includes/blastDat...3/status-x.xls).
Lo que me sigue extrañando es que la titulación de capitán de yate no tenga ninguna limitación mas haya del número de personas que pueden ir a bordo. Es decir, si el día de mañana un magnate que posea la titulación de capitán de yate decide adquirir un carguero, certificarlo para 12 personas y montar su complejo de ocio con un campo de golf artificial, pista de tenis, piscina olimpica, etc... ¿Puede llevar ese barco legalmente?
Acepto que no sería el "
yate" mas bonito del mundo... Pero antaño la gente adquiría barcos de vela que se habían empleado para la carga. Por no mencionar que algunos "
yates" pertenecientes a principes, sultanes y magnates exceden de las esloras de algunos cargueros pequeños... Incluso tenemos algunos "
megayates" de vela que exceden de las esloras de pequeños cargueros, como puede ser el caso del
"Halcón Maltes" (
http://www.symaltesefalcon.com/).
¿Realmente la única limitación de la titulación de capitán de yate es no poder llevar a mas de 12 personas a bordo?