Buenos días por la mañana, empezaremos el día con un buen Cola Cao y chucho de crema.
Aunque en esta Taberna ya se ha hablado de este tema, y he utilizado el buscador, no he sido capaz de encontrar ningún post o link en el cual se diga exactamante si es cierto o no que, en el amarre se puede poner hasta un 10% más de la eslora que marca el contrato de la concesión administrativa.


Quizás el cofrade Inspectorate o cuelquier otro que sepa del tema, pueda poner algo de luz a esto, por que si bien todo el mundo dice que hasta un 10% más no hay problema, quisiera asegurarme bien de este asunto.
Si hay alguna ley, alguna sentencia del supremo, algo o algún texto escrito que refrende este tema, que seguro nos interesa a más de uno.
Saludos y buena navegación