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VHF: Canal 77 |
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Nueva legislación
Hola. Serviros unos carajillos que estáis invitados. Ah! y si podéis quedaros en la taberna y no salgáis a la carretera.
Vistos los últimos acontecimientos ocurridos con el tráfico rodado a causa de las últimas tormentas y condiciones metereológicas adversas, hechos que se vienen repitiendo prácticamente todos los años, he oído que el Ministerio de Fomento va a publicar un Decreto para la seguridad de la vida humana en la carretera y para la prevención de la contaminación en la carretera. Me pasaron un resumen del borrador y os adelanto algunos de los artículos más llamativos: OBJETO: Establecer el equipo de seguridad que deben llevar a bordo todos los vehículos matriculados en España comprendidos dentro del ámbito de aplicación. ÁMBITO DE APLICACIÓN: Todos los vehículos capaces de rodar por las vías nacionales e internacionales. Quedan excluidos los artefactos rodantes y los vehículos de deportivos. ELEMENTOS DE SALVAMENTO:
GPS homologado por la DGT (No vale cualquiera del Carrefur) Brújula de mano. Reloj Compás, transportador y regla de 50 cm. Mapas oficiales de carreteras. Prismáticos. Barómetro. Linterna estanca Espejo de señales. Código de señales de circulación. Diario de viaje. Una campana (de tamaño proporcionado al vehículo, pero que suene)
Cuerdas largas. Un palo largo o una vara. Equipo para empujar el coche. Inflador y reparador de neumáticos. Botiquín. Según la zona para la que esté autorizado el vehículo, irán equipados desde aspirinas y primeros auxilios hasta equipos de cirugía, anestésicos, tranquilizantes endovenosos y oxitocina para acelerar el parto.
CAPÍTULO V PREVENCIÓN DE VERTIDOS (Yo me imagino que aquí habrán pensado en la contaminación provocada por todas esas personas atrapadas en la carretera durante días y también en esas personas desalmadas que se desahogan en las cunetas) Os pongo una síntesis de lo legislado: · Todo vehículo contará con un depósito de retención de aguas fecales. · Pueden ser fijos o portátiles. · Descarga de aguas sucias: -Prohibido en ciudades y zonas urbanas -De 4 a 12 Km: se puede largar pero hay que desmenuzar primero. -A partir de 12 Km: se puede descargar enterito, sin desmenuzar, pero hay que ir largando por lo menos a 120 km/h. Yo creo que esta legislación se la copiaron a los de Marina Mercante. |
5 Cofrades agradecieron a Petra II este mensaje: | ||
duendevelas (16-12-2008), pil pil (15-12-2008), Tatatoa (15-12-2008), Thomas_Keefer (15-12-2008), virgen_del_cobre (24-12-2008) |
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