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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#37
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En efecto, no creo que esgrimir el punto de vista personal de cada uno sobre los cuerpos y fuerzas de seguridad nos lleve a algo positivo
Sobre este tema, en la antigua taberna, cuando por lo menos yo no tenia ni idea de su existencia, un cofrade J.F. el Corsario dejo un informe jurídico que considero muy bueno y que sin duda puede contribuir a que conozcamos todos mejor, los límites legales del tema que nos ocupa: inspecciones en las embarcaciones de recreo por parte de la Guardia Civil. Os paso las competencias o cometidos de la Guardia Civil: Judicial: prevención y averiguación de delitos, primeras diligencias e informes técnicos. Gubernativo: Seguridad ciudadana, inmigración irregular, orden público. Fiscal, como Resguardo Fiscal del Estado: Prevención y persecución del fraude y el contrabando. Administrativo: Conservación de la naturaleza y el medio ambiente, control e inspección pesquera, protección del patrimonio histórico hundido. Militar: Las de este carácter encomendadas por el Gobierno o Mº de Defensa. Otras: Misiones de paz en el extranjero, colaboración con SASEMAR, auxilios y remolques. Enlace del informe: http://www.latabernadelpuerto.com/fo...ic.php?t=47903 GRACIAS COFRADE, AUNQUE NO TE VEMOS POR AQUÍ ACTUALMENTE! llevo una copia entre mis documentos naúticos!! ![]() ![]() ![]() ![]()
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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos. (Fernando Pessoa -1931) |
| 3 Cofrades agradecieron a Jangada este mensaje: | ||
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