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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#20
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Unas
para todos.He leído el inicio de ese Decreto, y según su definición, los kayaks también tendrían que ser matriculados!!!!!!!! "Embarcación de recreo (en adelante embarcación ): embarcación civil de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros y esté destinada a la realización de actividades de recreo u ocio sin ánimo de lucro o para la pesca no profesional." Y si, como creo y aunque no lo ponga explícitamente en él, el RD no tiene por objetivo a los kayaks, posiblemente tampoco valga para las auxiliares. Agradecería si alguien puede solucionar las dudas, la de las auxiliares y la de los kayaks. Luis |
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