![]() |
![]() |
|
VHF: Canal 77 | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
#1
|
||||
|
||||
![]() Muy buenas:
Ha llegado la hora dolorosa de presentar cuentas con el fisco, por lo que, en mi ansia viva de desgravar todo lo que pueda y más, sin llegar a ser un "choriso" , se me ha ocurrido que, como el año pasado me hice socio de un club naútico, soltando 6000€ a fondo perdido y pagando religiosamente todas y cada una de las cuotas mensuales, no sé si se podría considerar que se trata de una donación a una entidad deportiva sin ánimo de lucro, por lo que podría deducir de la cuota un porcentaje de esas cantidades. En la Administración del club nadie les había planteado la cuestión hasta ahora (por lo menos a la que me ha cogido el teléfono). Buscando por internet me he encontrado con esto: "Deducciones por donativos Se puede deducir el 10%, 20% o 30% de las cantidades aportadas a entidades sin ánimo de lucro, actividades de mecenazgo y otras donaciones contempladas por entidades autorizadas por la ley. El porcentaje a aplicar depende del tipo de institución y la actividad que realice. Conviene aclara que se puede deducir no sólo las aportaciones extraordinarias, sino también las cuotas que se pagan como socio, así como por las aportaciones no dinerarias. En cualquier caso el porcentaje de deducción está limitado al 10% de la base liquidable con carácter general y al 15% para determinadas actividades y programas prioritarios de mecenazgo" En fin, a ver si alguno me podeis ayudar con vuestra sapiencia marinera. Un chupito de ron. ![]()
__________________
Sí no puedes cambiar el viento, ajusta las velas. |
|
|