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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola,
Tengo una duda sobre las atribuciones del título de patrón de yate. Según el BOE se puede hacer: ....navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Mi duda es ... Se entiende cualquier costa o sólo la española. Es decir; se puede con el título de patrón de yate ir de Fuerteventura o Lanzarote a la costa africana para lo cual en ningún momento estoy a más de 60 millas de la costa. Muchas gracias a cualquiera que poueda aportar alguna clarificación. |
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