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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola. Primero de todo unas cañitas a los parroquianos.
En segundo lugar NECESITO una respuesta clara a la siguiente pregunta. He estado leyendo los hilos relacionados con el tema y respecto a lo que pregunto no he encontrado una respuesta. Vamos allá: 1º) Sea BÉLGICA un país de la CE tal que te permita tener en propiedad un velero sin necesidad de ser residente en este estado y que te permita abanderarlo en él. Nota: si no es Bélgica, que creo que sí, sea X ese país. 2º) Compro un velero allí, lo matriculo allí, pago los impuestos correspondientes allí, el seguro, etc. No exigen titulos para navegar así que me echo a la mar desde algún puerto de allí. 3º) Al salir me encuentro con una patrullera o como se llame belga y me piden los papeles y ven que todo está en regla. 4º) Al pasar por Gran Bretaña me piden los papeles de nuevo y no ven nada raro y sigo adelante. 5º) Llego a unas 50 millas de las costas hispano-lusas y me aborda la correspondiente patrulla o como se llame española. Ojo! No me he acercado a ningún puerto español. Me piden los papeles del barco, seguro y ven que soy español con pasaporte español. 6º) ¿Me paran el barco por no tener el PY o CY? 7º) ¿Les puedo decir que estoy es suelo belga y que cumplo todos los requisitos de dicho país para navegar? (les enseño el "International Pleasure Craft" en el cual, a requerimiento del interesado, la Autoridad nacional competente de su país vuelca las atribuciones de su título, cuando el interesado va a navegar fuera de su país, para salvar así la barrera idiomática) 8º) ¿Si estoy menos de los 3-6 meses por aguas y puertos españoles me pueden decir algo? Un abrazo y espero impaciente la respuesta de alguien que lo sepa con certeza. |
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