La Taberna del Puerto Osmosis
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Antiguo 27-11-2010, 03:41
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Predeterminado Ignorancia o mala fe en la Resolución de 11/01/2010 de la DGMM?

Hola a todos y un trago de ron para digerir lo que voy a contaros. Dos tragos para el Sr. Tabernero que no se me enfade.

Ya se ha comentado en distintos post de este foro la modificación introducida por la citada norma (BOE de 15/02/2010) que exige en la actualidad que la acreditación de la aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo sea realizada por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC).
Bueno pues en principio no tengo gran cosa que objetar al respecto en cuanto a la exigencia de un examen medico-psicológico-oftalmológico, o como queramos denominarlo, similar al exigido para conducir un vehiculo automóvil. Sin embargo me ha llamado mucho la atención lo que se señala en el apartado Sexto que como sabéis exime del citado reconocimiento a aquellos ciudadanos que obtuvieron o renovaron su permiso de conducir en un plazo no superior a dos años. Todo un detalle por parte de la Administración.

Lo que ya no me cuadra es la redacción del último párrafo que dice textualmente: “No obstante lo anterior, será necesaria una revisión de la visión ocular a los efectos de diferenciar los colores, especialmente el verde y el rojo, que deberá realizarse en un CRC”.

Y digo yo ¿por qué tengo que acudir a un CRC para una revisión ocular que en definitiva quien la tiene que realizar es un oftalmólogo? ¿Acaso no puedo ir a su consulta particular, por ejemplo? Que más da si solo se trata, en este caso, de acreditar que mi visión monocromática es correcta. O es que en los CRC esas comprobaciones las realizan los encargados de la limpieza o los que contestan al teléfono para darte cita. No. Las hace un oftalmólogo y no puede ser de otra manera o al menos no debería de serlo. Por eso pienso que alguien, o algunos tienen interés o más bien diría intereses en que tal verificación se realice bajo los auspicios de los indicados centros sin una justificación racional. Y cuidado que no señalo a la autoridad que suscribe la resolución y que probablemente ni se ha percatado de las seis palabras que le han colado antes de pasarle el texto a la firma. Cosas peores ocurren aquí cuando se aprueban normas tan importantes, entre otras, como la Ley de Presupuestos Generales del Estado y así nos llevamos luego las sorpresas que nos llevamos. “Enmiendas transaccionales” creo que denominan a estos juegecitos semánticos.
Fijaos que la redacción es imperativa “deberá realizarse”, no dice “podrá realizarse”.

Así que, como esta taberna es afortunadamente muy grande, espero que el o los listillos de turno, que han terminado fastidiando una redacción que iba bien y facilitaba las cosas, lean o les hagan leer lo expuesto. Si es por ignorancia lo disculpo porque a un olmo no se le pueden pedir peras, pero si los motivos de tal dislate son los que intuyo, es decir favorecer las pretensiones mercantilistas de un sector, y me da igual el que sea, a costa del ciudadano… espero que al menos les sangre la nariz (en sentido figurado claro).

No quiero ni pensar en el desarrollo normativo que se va a hacer del reciente e ilegible Real Decreto 1435/2010 sobre abanderamiento y matriculación, que no hay quien lo entienda, y del que ya se habla de dictar circulares para unificación de criterios. Si se necesitan circulares o resoluciones es que la norma no está bien hecha y crea inseguridad, entre otros despropósitos y eso siempre trae consecuencias desagradables para todos. Me recuerda, salvando las distancias, lo que decía Romanones hace ochenta años: “hagan ustedes las leyes que ya haré yo los reglamentos”. Esto es el país del eufemismo, de cambiar las cosas de tal forma que todo siga igual. Y así nos va y nos seguirá yendo.

Porqué no buscamos la forma de, con todo el respeto y educación posible, decirles a estos Señores que -expresémoslo así- : “les faltan estudios y cultura para hacer correctamente lo que están haciendo”. De esta forma, lo mismo, la próxima vez se lo piensan dos o tres o las veces que sean y lo hacen mejor. Cosa que, seguro, todos agradeceríamos en lugar de estar pendientes de la nueva perogrullada del “interpretador” que toque. Y si no estáis de acuerdo con lo que digo a ver si alguien es capaz de decirme, con seguridad, lo que me va a costar amarrar un barco de 8x3, a partir de Enero de 2011, en un puerto público, a la vista del proyecto de Decreto sobre Régimen jurídico de Servicios Portuarios y Tasas que cierta CCAA ha colgado y luego borrado de su Web. Otra perla de la corona vamos.

Cada vez que leo, o lo intento, una norma, o proyecto de norma, náutica me acuerdo de una novela que cayó en mis manos cuando era muy joven: “La Náusea” de Jean-Paul Sartre.

PD Perdón por el ladrillo que he soltado y para los suspicaces, advertir que ni soy oftalmólogo ni tengo relación alguna con estos profesionales.
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