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  #1  
Antiguo 27-03-2011, 18:40
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Vaya...! te me has adelantado Vidal Mestre!!!

Creo que la última la recuerdo algo mejor que tu. Me quedó grabada en la mente, porque no sé de dónde se la han sacado... ¿Otorgar un testamento?



La pregunta creo que era… Quien puede otorgar testamento en un buque?:

a) Sólo los pasajeros
b) Pasajeros y tripulantes
c) Los oficiales excepto el capitán que es quien lo autoriza
d) Todos los oficiales incluido el capitán.


-> En mi opinión: la c, pero no he encontrado nada que lo sustente de forma clara.


hola,

la pregunta tiene mucha trampa una cosa es otorgar testamento y otra autorizarlo, que es lo que habéis estudiado: que si el capitán, como y cuando....

CC

Artículo 662.
Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente.
Artículo 663.
Están incapacitados para testar:
  1. Los menores de catorce años de uno y otro sexo.
  2. El que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio.
aquí no se habla de otorgar sino de testar, pero a tratar el Testamento Marítimo, que es el que nos ocupa, encontramos:

Artículo 722.
Los testamentos, abiertos o cerrados, de los que durante un viaje marítimo vayan a bordo, se otorgarán en la forma siguiente.....

vamos, que el ponente no sabe lo que pregunta, o ha ido a cazar....

Yo creo que se debe impugnar la pregunta, pues la respuesta más acertada sería la b) (pasajeros y tripulantes) pero no siempre pueden hacerlo todos (igual hay pasajeros menores, incapacitados..., la respuesta adecuada a la pregunta sería "pasajeros y tripulantes a los que la ley no se lo prohíba expresamente".

Os animo a que aprovechéis el esfuerzo que habéis hecho y revisar todas las preguntas. Quizás se les pueda devolver el H.stiazo (perdón si ofendo). Tendría gracia echarles abajo un examen de Derecho (que es lo que habéis hecho) usando las armas que han pretendido usar para suspenderos.

Saludos y mucho ánimo, que habéis luchado como fenómenos.
__________________
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La Libertad es la oveja, armada, impugnando el resultado.
Benjamin Franklin
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  #2  
Antiguo 27-03-2011, 18:50
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Originalmente publicado por contrabandeiro Ver mensaje
hola,

la pregunta tiene mucha trampa una cosa es otorgar testamento y otra autorizarlo, que es lo que habéis estudiado: que si el capitán, como y cuando....

CC

Artículo 662.
Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente.
Artículo 663.
Están incapacitados para testar:
  1. Los menores de catorce años de uno y otro sexo.
  2. El que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio.
aquí no se habla de otorgar sino de testar, pero a tratar el Testamento Marítimo, que es el que nos ocupa, encontramos:

Artículo 722.
Los testamentos, abiertos o cerrados, de los que durante un viaje marítimo vayan a bordo, se otorgarán en la forma siguiente.....

vamos, que el ponente no sabe lo que pregunta, o ha ido a cazar....

Yo creo que se debe impugnar la pregunta, pues la respuesta más acertada sería la b) (pasajeros y tripulantes) pero no siempre pueden hacerlo todos (igual hay pasajeros menores, incapacitados..., la respuesta adecuada a la pregunta sería "pasajeros y tripulantes a los que la ley no se lo prohíba expresamente".

Os animo a que aprovechéis el esfuerzo que habéis hecho y revisar todas las preguntas. Quizás se les pueda devolver el H.stiazo (perdón si ofendo). Tendría gracia echarles abajo un examen de Derecho (que es lo que habéis hecho) usando las armas que han pretendido usar para suspenderos.

Saludos y mucho ánimo, que habéis luchado como fenómenos.

correcto eh ahi

la palabra que pregunatron es otorgar

y yo dentro de las posibles , puse el capitan y los oficiales , por que dentro de la normalizar ellos deberian de ser capaces de poder otorgar
sus propios testamentos
o quiza el ponente ...rizando el rizo
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  #3  
Antiguo 27-03-2011, 18:51
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Originalmente publicado por contrabandeiro Ver mensaje
hola,

la pregunta tiene mucha trampa una cosa es otorgar testamento y otra autorizarlo, que es lo que habéis estudiado: que si el capitán, como y cuando....

CC

Artículo 662.
Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente.
Artículo 663.
Están incapacitados para testar:
  1. Los menores de catorce años de uno y otro sexo.
  2. El que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio.
aquí no se habla de otorgar sino de testar, pero a tratar el Testamento Marítimo, que es el que nos ocupa, encontramos:

Artículo 722.
Los testamentos, abiertos o cerrados, de los que durante un viaje marítimo vayan a bordo, se otorgarán en la forma siguiente.....

vamos, que el ponente no sabe lo que pregunta, o ha ido a cazar....

Yo creo que se debe impugnar la pregunta, pues la respuesta más acertada sería la b) (pasajeros y tripulantes) pero no siempre pueden hacerlo todos (igual hay pasajeros menores, incapacitados..., la respuesta adecuada a la pregunta sería "pasajeros y tripulantes a los que la ley no se lo prohíba expresamente".

Os animo a que aprovechéis el esfuerzo que habéis hecho y revisar todas las preguntas. Quizás se les pueda devolver el H.stiazo (perdón si ofendo). Tendría gracia echarles abajo un examen de Derecho (que es lo que habéis hecho) usando las armas que han pretendido usar para suspenderos.

Saludos y mucho ánimo, que habéis luchado como fenómenos.

Me parece recordar que la introducción de la pregunta hacía alguna mención a los oficiales. Algo así como... al respecto de la capacidad de los oficiales del barco ¿Quien puede otorgar testamento en un buque? (quizás me falle la memoria o me lo imagino... ;-((

En cualquier caso, ¿Por qué no puede testar un oficial (como cualquier otro ciudadano), mientras no sea el mismo capitán que lo registra?
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Iñaki
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  #4  
Antiguo 27-03-2011, 19:00
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Ya no sé cómo lo entenderán, pero...:


otorgar v. tr.
1 Dar una cosa a una persona quien tiene autoridad o poder para ello, especialmente un favor o permiso. conceder. denegar.

2 Hacer testamento o contrato ante notario.



O en su caso, Capitán...
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  #5  
Antiguo 27-03-2011, 19:10
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Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Me parece recordar que la introducción de la pregunta hacía alguna mención a los oficiales. Algo así como... al respecto de la capacidad de los oficiales del barco ¿Quien puede otorgar testamento en un buque? (quizás me falle la memoria o me lo imagino... ;-((

En cualquier caso, ¿Por qué no puede testar un oficial (como cualquier otro ciudadano), mientras no sea el mismo capitán que lo registra?
Sí que puede: para se oficial debe se mayor de 14 años. No podría si se halla fuera de juicio.

Repito, creo que la pregunta es impugnable, pues no hay una contestación clara.

la a) está clara que no.

la b) es la que parece más cercana, pero se puede plantear la duda de los menores o incapacitados para testar.

la c) no es correcta, desde cuando ser capitán incapacita para testar...

la d) es correcta, ¿pero que pasa con los pasajeros?

saludos
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  #6  
Antiguo 27-03-2011, 19:18
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Vidal Mestre
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Obligación del Libro de Comercio a bordo ?

Articulo 612 2ª
Obligaciones inherentes del Capitán
Llevar a bordo un ejemplar del este Código

#@~¬/&&%%%&//@||||||ç

Mal hablado me estoy volviendo
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  #7  
Antiguo 27-03-2011, 20:40
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Obligación del Libro de Comercio a bordo ?

Articulo 612 2ª
Obligaciones inherentes del Capitán
Llevar a bordo un ejemplar del este Código

#@~¬/&&%%%&//@||||||ç

Mal hablado me estoy volviendo
bueno bueno , tambien ha habida cosas buenas
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a custodio
Iñaki/Sinvergüen (27-03-2011)
  #8  
Antiguo 27-03-2011, 23:07
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Sí que puede: para se oficial debe se mayor de 14 años. No podría si se halla fuera de juicio.

Repito, creo que la pregunta es impugnable, pues no hay una contestación clara.

la a) está clara que no.

la b) es la que parece más cercana, pero se puede plantear la duda de los menores o incapacitados para testar.

la c) no es correcta, desde cuando ser capitán incapacita para testar...

la d) es correcta, ¿pero que pasa con los pasajeros?

saludos

Yo interpreté que el capitán no puede otorgar testamento y "autorizarlo" (registrarlo). No puede ser "juez y parte".

Pero pueden interpretar lo que quieran, porque efectivamente no hay ninguna respuesta totalmente excluyente, ni absolutamente correcta.

__________________
Iñaki
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magri (01-04-2011)
  #9  
Antiguo 27-03-2011, 23:19
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Una verguenza de preguntas, una gozada conocer a tanta buena gente, en persona, en el examen.
Salvo esto "anecdótico", me cago en tó qué miiiierrrrrdaaaaa de preguntas, joder.
NADIE ESTUDIA A ESE NIVEL DE LA COMA, coño.

Por ejemplo, Salvamento.- Pues eso, lo lees, y unos señores, de naranja, que te rescatan, coño,y punto.
Pues nada, que si es Comisión de salvamento o Servicio de Salvamento, coño, si son los mismos, joer, los de naranja fosforito. no te jode.
Las multas, no te jode también, las estudias en pelas y las preguntan en euros, y que redondee sus muertos.
Y así todo. Un desastre de examen. Una auténtica tomadura de pelo.
¿Que si podemos hacer testamento a bordo? pero coño ¡¡¡ si yo apruebo esto, es para sacar a diez cenutrios a comer tortilla a una cala y que se dejen los duros para capear esta puta crisis. Qué coño voy a casarles, ni hacerles testamento ( por malos que salgan los langostinos que les ponga ) ni voy a llevar el código de comercio a bordo, mamones ¡¡¡

Y ya el descojone son preguntas como aquella de "una unidad de salvamento ve un marroncito, y avisa a la central, " hasa ahí, pues bueo.. y luego dos respuestas posibles "y va a ayudar" o " va a ayudar si puede", no te jode. si va es porque puede, o va aunque no pueda, o sus muertos. joer, va y punto, si no, si hay que ir se va, pero ir pa ná. ¡¡¡
Y así todo colegas.
Menos mal, insisto, que ILUSTRES COFRADES asistieron y no faltaron abrazos.
Hale. A esperar al viernes.
Saludos
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5 Cofrades agradecieron a ENRICACION este mensaje:
arturo-1 (28-03-2011), Iñaki/Sinvergüen (27-03-2011), ISIS MARIA (28-03-2011), javichi (27-03-2011), Tasmanio (30-03-2011)
  #10  
Antiguo 27-03-2011, 23:24
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Vidal Mestre
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Adjunto de nuevo una nueva recopilación, ya creo que hay 21 preguntas
hay algunas confusiones en ellas, es que con todo no podemos
Pero ya se puede ir tomando posiciones , algo mejor, a mi entender

Suerte a todos, mañana continuamos
:adoracio n:
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javichi (27-03-2011), magri (01-04-2011)
  #11  
Antiguo 27-03-2011, 23:48
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Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver mensaje
Adjunto de nuevo una nueva recopilación, ya creo que hay 21 preguntas
hay algunas confusiones en ellas, es que con todo no podemos
Pero ya se puede ir tomando posiciones , algo mejor, a mi entender

Suerte a todos, mañana continuamos
:adoracio n:
Jose Maria , he colgado uno nuevo con casi todo ya y repondido , tu que eres organizado , hazlo bien
tiens casi todo
bona nit
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magri (01-04-2011)
  #12  
Antiguo 27-03-2011, 23:53
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De este examen no voy a decir nada porque ya se ha dicho de sobra.

En cuanto a la pregunta del testamento

Art. 723
El testamento del Contador del buque de guerra y el del Capitán del mercante serán autorizados por quien deba sustituirlos en el cargo, observándose para lo demás lo dispuesto en el artículo anterior.
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Iñaki/Sinvergüen (28-03-2011)
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