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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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#27
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os cuento por experiencia propia , en capitania de valencia y acienda del mismo pueblo ,
no hay siquiera que pasar por capitania en acienda vas y pagas el 12% y punto navegas SEGUN TU PABELLÓN Y NO LA LEGISLACION ESPAÑOLA llevas encima el impuesto pagado , el contrato de compra venta o factura y doc del barco , y YA ESTA no hay ITB ni nada en vinagre resumiendo , se va a asistir a un vuelco del mercado , entes pagabas (demaciado ) por un barco español y pasabas de los barcos extrajeros , ahora vas a pasar de los barcos españoles y comprar en su justo precio un barco en francia ( por cercania ) puede que estemos a albor de un grand cambio de la nautica . no creo que pueda cambiar esta ley ya que viene a raiz de Brucelas y que cambiar la bandera iba contra los acuerdos de tchengen , tambien quieren que se deje de pedir el 12 % a los extranjeros por las mismas razones . ![]() |
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#28
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Ola;
Si tienen que sacarnos algo, nos lo sacaran de una forma u otra ![]() ![]() es cuestion de legislar, algo se inventaran ![]() ![]() saudos ![]() ![]() ![]() |
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#29
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Se abre una puerta legal para aquellos que aspiramos a navegar sin estos límites y me quedo con la conciencia más que tranquila habiendo cumplido con el fisco y confiando en mi absoluta responsabilidad a la hora de equipar mi barco con los elementos de seguridad y salvamento apropiados. ![]() ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a alcapar | ||
el brujo (23-05-2011) | ||
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#30
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me parece que hay una opinión instalada que NO es del todo correcta!!!
![]() ![]() por ejemplo: ¿te montarías en un ascensor que no haya sido revisado por un técnico "autorizado" en los plazos qe marca la ley? ¿instalarías un diferencial eléctrico en tu casa que no tenga el marcado CE? ¿pondrías unas pastillas de freno a tu coche que no estén autorizadas por la normativa de tu país? creo que estas y otras muchas preguntas tendrán una contestación de NO!!! entonces ¿cuál es el problema????... el reconocimiento del riesgo por su probabilidad de ocurrencia!!! el coste!!! y la exigencia!!! que la normativa británica no te obligue a pasar la itb NO significa que puedas olvidarte de las inspecciones períodicas obligatorias en inglaterra y en cualquier parte del mundo!!! sólamente que deja en el patrón la responsabilidad de pasarlas!!! por tanto, si hay un gran desastre, por ejemplo un naufragio, y llega el seguro y no le puedes demostrar que el material de seguridad estaba "al día"... me parece que por mucho seguro britis que tengas, la policia NO es tonta y la has cagao!!! ![]() ![]() emi _/) * |
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#31
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siento decirte que estas muy equivocado :
se deja una bandera extranjera por motivos de logica : porque revisar la balsa cada año si el propio fabricante asi no lo preconisa ni ningun estado de europa ( vale admito que francia , reino unido y holanda no tiene ni P idea de navegacion , que solo se save aqui ... ), sin hablar que te obligan a ir donde te toca por ley , repartiendo el cotaro ...para pelarnos mejor ! porque el material que se vende aqui tiene que llevar a parte del marcado CE y solas la estampilla de la DGMM ( la rueda de timon ) ![]() porque un material que vale varios centenar de lereles caduca cuendo lo dice la DGMM , ¿se me desgasto el GPS ? porque tengo que pagar 600 € de ITB , porque los inspectores tienen zonas exclusivas y no hay libre competancia ? porque y porque esta todo hecho para que lo que en españa podria ser un deporte popular , al alcance de todos tiene que ser un " sacacuartos " ![]() ![]() ![]() |
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#32
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Buenos días y cafetitos para todos.
A raiz de esta discusión (y otras en diferentes foros de LTP) queda una duda (o muchas). Un barco francés, fabricado en 1980, sin marcaje UE, lo compro pago a hacienda y no necesito un ingeniero naval o similar para hacer el marcaje UE? Si paso una ITB por voluntad propia, si lo hago en España me van a pedir todo lo que la legislación nuestra pide? Habré de hacer la ITB en Francia? J**r cuantas dudas.
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Todos somos ignorantes ... pero no de las mismas cosas.
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#33
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como ya lo he dicho , solo hay que pagar el 12% a acienda y llevar el resguardo encima para navegar , y punto
en cuennto a la ITB , como si quieres sacarte una cada mes , el inspector puede mirar lo que quiere y decir lo que quiere , tu sigues las normas de tu pabellon . ojo que la normativa francesa obliga a tener balsa a partir de 6 millas , eso si no se revisa cada año ni no segun fabricante . ![]() |
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#34
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Cita:
Pues lo que tendrás que hacer es cumplir con la legislación francesa en materia de marcado CE, seguros y revisiones .... aparte de pagar el impuesto de matriculación español si te quieres traer el barco a España, y cumplir con las condiciones que te exija Francia para poder tener un barco con bandera francesa. ![]() ![]() salud! |
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#35
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La lógica se impone, finalmente acabará por homologarse un criterio europeo que sirva a todos, al igual que Francia tuvo que dar marcha atrás al endurecer su legislación porque todo el personal abanderaba en Bélgica.
El exceso de reglamentación estricta y los sobrecostes que implican son realmente poco asumibles. Navegar con criterio y seguridad no es sinónimo de burocracia y más burocracia sobrepasando los límites que la justa razón ya aconsejan. Mas de uno que navega por el mundo ha cambiado a bandera inglesa u otra de conveniencia ya simplemente porque es imposible del todo una ITB estando en otros oceanos. Por cierto no os preocupeis de sus barcos que ya se encargan ellos de mantenerlos perfectamente por la cuenta que les corre.![]() Respecto de radios y radiobalizas y otros instrumentos náuticos y de seguridad también sucede lo mismo. Todo el mundo aprecia su propio pellejo. Editado por wiper en 23-05-2011 a las 12:54. |
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#36
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Me parece muy interesante desde luego.
En caso de traer de Francia un barco de menos de 8 metros, ¿qué habría que hacer? Porque el barco no estaría sujeto pagar el dichoso impuesto de matriculación (12%)? Supongo que habrá que aportar justificante de IVA pagado o en su defecto pagar el IVA correspondiente en España pero ¿qué más? ![]() ![]()
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#37
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Jadarvi + Vertigean, grácias. O sea que si compro un barco de segunda mano en Francia, tengo que seguir la normativa francesa, pagar hacienda y puedo navegar y tener puerto base en España? Suena muy bien, pero cuesta de aceptar, no porqué no me crea vuestra versión
, simplemente que choca con el papeleo ( y dinero) que normalmente nos piden.Voy a gestionar la posible compra en Francia y comentaré cosas concretas cuando las sepa,
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Todos somos ignorantes ... pero no de las mismas cosas.
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#38
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#39
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#40
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Ésto parece el principio del fin.
![]() ![]() ![]() No se sostiene que un armador tenga distintas obligaciones y derechos dependiendo del pabellón de su barco. Y si la Administración se empeña en apuntalar este absurdo, van a quedar muy poquitos barcos con bandera española a los que aplicárselo. ![]() |
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#41
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Ivanlc y Vertijean,
Cuidado que para izar bandera francesa hay que ser residente en Francia (personas físicas). Sólo si abanderas a nombre de una sociedad europea puedes residir en otro país que en Francia. otra cosa: el seguro. En Francia sabéis que mucha gente ha abandonado la bandera Fr para abanderar en Bélgica, pero no todas las compañías de seguros aceptan cubrir un barco que no tenga bandera del país. La MAIF, sin ir más lejos, no lo hace y, precisamente, porque la legislación belga no es tan estricta como la francesa. Habría que ver con precisión lo que dicen los seguros. Y otra cosa, la DA1 habla de vehículos importados (nuevos/usados) de ninguna manera de vehículo matriculados en España que decidirían cambiarse a otro país. O sea que si vengo de FR con mi coche, le puedo dejar la placa siempre que pague el impuesto; pero no puedo cambiarle la matrícula a mi coche español para ponerle placas polacas porque Polonia no me obliga a pasar la ITV, por ejemplo. ![]() Por ultimo y como post data: hay mucha gente en la mierda hoy que, partiéndose el alma, ha puesto a la venta su barco para salvar los muebles de su casa. Que se hunda el mercado de 2ª mano, definitivamente, no es buena noticia para todos.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a IsladeMalta | ||
Ventarrón (23-05-2011) | ||
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#42
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exacto ! acabas en entrar en el club l@s que lo han pillado ! Bravo !
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O meu barco é de bandeira Francesa, sou Português e navego, essencialmente, em Espanha
)O barco tem o IVA pago em França, e em França pago o imposto anual. As normas de segurança (equipamento etc) devem obedecer à legislação Francesa e não à Portuguesa ou Espanhola (mesmo que navegue nas suas águas). eu sou Patrão de Alto Mar (Capitan de Yates, creio...) mas não preciso do título porque as embarcações Francesas( veleiros) não exigem título. Aqui há uma dúvida...poderá ser-me ( em águas Portuguesas, porque sou Português exigido o título???). Em Espanha a GC já me parou e eu não mostrando o título não tive problema. Só tive que mostrar o meu título de Operador de VHF ( é uma norma internacional)
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"ESTA É A MARGEM DO AZUL, NENHUM OUTRO LIMITE RECONHEÇO AO SANGUE." A.Martins |
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#44
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MARGEMDOAZUL:
O día que vendes o barco de bandeira francesa que trámites tendrás que facer? O papeleo se podría realizar no consultado/ambaixada de Portugal por exemplo? ![]() ![]()
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#45
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No me ha dado tiempo de leer todavia todas las intervenciones pero Isla de Malta menciona un tema que me preocupa:
¿Si cambio de bandera, que pasa con mi seguo: me cubre ? En principio la zona de navegación no cambia: aguas territorales españolas, Islas canarias, ... Bastará con notificar el cambio de bandera a la compañia de seguros ??? ![]() ![]()
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Del velero Joshua a su propietario Moitessier: "dame viento....y te daré millas" http://sites.google.com/site/bluemarinno/home Editado por bluesea en 23-05-2011 a las 14:35. |
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#46
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Cita:
Uma declaração de venda que tem que ser registada num Departamento Marítimo Francês ou então se o vender para outra "bandeira" para além da declaração de venda um pedido de "Baixa da bandeira Francesa"
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"ESTA É A MARGEM DO AZUL, NENHUM OUTRO LIMITE RECONHEÇO AO SANGUE." A.Martins |
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#47
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Cita:
También las aseguradoras y corredurías tendrán que espabilar si quieren conservar la clientela. ![]() |
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#48
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...y pregunto yo, que ya se que soy mu ignorante y no me entero de ná: en vez de montar semejante chocho (otro mas
) no seria mas sencillo modificar la legislacion y ya tá. Por mira que podria ser sencilla la cosa eh!Ya no se si mi radio vale o si el impreso modelo X34 tengo que llevarlo en el barco acomañado de una fe bautismal para que junto con la homologacion del GPS y las bengalas caducadas que nadie te recoge te den un pase para el niño de medio dia en Port Aventura... ![]() Enca'naaaaaa!! Salud y paciencia ![]()
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![]() las autoridades nauticas advierten: navegar perjudica seriamente a su bolsillo ![]() ![]() |
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#49
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Si ha sido difícil, llegado el caso, explicar a la autoridad que un barco de regatas podía no estar matriculado ... se han planteado como harán con lo de la bandera ...
![]() Gracias Isla de Malta por la información ... Estoy contigo Nick ... Y OJO, que yo monté una radio fenomenal de casi 2.000 eurines en mi barco, cumpliendo con una norma que solo duró de enero a marzo ... eso si: NO VEAS COMO SE OYE MI RADIO !!! ![]() Salud ![]() ![]() ![]()
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Otro mundo es posible ... HAGÁMOSLO !!! |
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#50
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saludos
Isla de malta para tener bandera francesa, no es necesario ser residente en francia al menos con barcos de ocasion si el velero en cuestion tiene mas de 25 años esta exento de pagos al gobierno, si es de menos de 25 paga un canon anual que va depreciandose " por vetustez" segun su calificacion en barcos a motor no lo se, ya que estos estan obligados a ser matriculados, los veleros no, solo inscritos con el tipico librito rojo, "acte de franchisation" por cierto, nunca me cansare de alabar, la rapidez, sencillez, eficacia, y amabilidad con que los franceses, realizan sus papeleos nauticos, y tengo experiencia en el tema tambien dire que aqui en españa , las cosas van cambiando y poco a poco va vislumbrandose la cordura, y la amabilidad el resto..... llegara.... |
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