La Taberna del Puerto Bandera de Polonia
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  #1  
Antiguo 24-05-2011, 11:27
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Predeterminado Re: Es posible?

si que es cierto que los barcos pequeños
estan exentos de itb, pero en este momento
no me acuerdo de la eslora maxima de esta cuestion
lo miro, y quizas algun cofrade mas memoriado que yo....
te de pronta solucion
saludos
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eldelapuerta (24-05-2011)
  #2  
Antiguo 24-05-2011, 12:57
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Predeterminado Re: Es posible?

Yo creía que hasta 6mts el certificado es sin cadicidad, para toda la vida de la embarcación y a partir de 6mts se tenía que pasar cada 5 años. Quizá con las nuevas normativas de abanderamiento, este era de matrícula suiza, las cosas ya no son igual. Pues menudo descanso si no tengo que pasar más ITB
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  #3  
Antiguo 24-05-2011, 13:06
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Predeterminado Re: Es posible?

Es hasta 6 m. segun el Real Decreo 1434/1999 de 10 de sep.

Las embarcaciones de eslora inferior a 6 metros, registradas en la lista 7.
a, estarán exentas de reconocimientos periódicos. En el certificado de navegabilidad deberá constar la frase «SIN CADUCIDAD».

No se ve muy bien en el certificado que has colgado, lo que puede pasar es la diferencia que hay entre esloras, la valida es la del fabricante, si luego han colocado un balcon de proa, baupres o cualquier otro elemento que supere la eslora inicial, esa no consta en la documentacion para las ITB´s pero si para el pantalan, no se es una idea.

Saludos y birras

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eldelapuerta (25-05-2011)
  #4  
Antiguo 24-05-2011, 13:26
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Predeterminado Re: Es posible?

Segun tengo entendido, la eslora que marca la legislación (6m) es la eslora entre perpendiculares.
Por tanto los 6,86 m que dices deben ser de eslora total o máxima, mientras que la eslora entre perpendiculares estará por debajo de los 6 metros.
Por esta misma razón existen barcos de 41 e incluso 42 pies (más de 12 metros,eso si: de eslora total), que pueden ser patroneados por una persona que solamente tenga el PER.
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eldelapuerta (25-05-2011)
  #5  
Antiguo 24-05-2011, 17:21
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Predeterminado Re: Es posible?

Es un tema interesante para las pequeñas unidades. ¿Alguien puede precisar con claridad qué diferencia la eslora entre perpendiculares de la eslora en flotación? Si para las autoridades, como algunos comentan, es la primera la que define la eslora legal de un barco, habría muchos barcos exentos de ITB con una eslora total bastante superior; baste con que el diseño sea algo antiguo y tenga lanzamientos. Mi barco, por ejemplo. Pero en mi caso, al efectuar el cambio de bandera y hacer el proyecto, sólo se consideró la eslora total del casco y por ser superior a esos veinte pies fatídicos, paso inspecciones.
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eldelapuerta (25-05-2011)
  #6  
Antiguo 24-05-2011, 18:49
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Predeterminado Re: Es posible?

Eslora entre perpendiculares:longitud medida horizontalmente y paralelamente a la flotación entre la perpendicular a la misma que pasa por la intersección de la roda con la flotación, y la perpendicular que pasa por la cara de popa del codaste popel o, si este no existiera, la que pasa por el centro del eje del timón.

Mientras que la eslora de la flotación es la longitud medida horizontalmente y paralelamente a la flotación entre las perpendiculares que pasan por la intersección del casco con la flotación a proa y a popa.

Vamos que en proa se toma la misma referencia, pero en popa es donde varía, como el timón (o el codaste popel) suelen estar mas a proa que la interseccion del casco con la flotacion (en popa) la eslora entre perpendiculares suele ser menor que la eslora en la flotación.

Editado por Carlosm en 24-05-2011 a las 18:52.
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eldelapuerta (25-05-2011)
  #7  
Antiguo 24-05-2011, 19:52
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Predeterminado Re: Es posible?

Gracias, Carlos M. Me ha quedado claro. Ahora falta saber si realmente es la eslora entre perpendiculares la que rige en el tema de las inspecciones. Una cuestión legal que, espero, no obedezca al criterio personal del inspector de turno.
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eldelapuerta (25-05-2011)
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