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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Te desgravas el IVA soportado ahora del 18%. Logicamente como TODAS las empresas, en mi caso, y tras la correspondiente consulta al "fisco" no me deducia el IVA al 100% porque existia un uso privativo , pero si un alto porcentaje.
Buenas! Qué alto porcentaje? Un saludo
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Nautic , El meu amic el mar té el coratge d’un déu exaltat, i quan s’omple d’aire el meu velam seguim un joc incert |
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#2
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Cita:
Supongo, que en la consulta vinculante responderían que puedes deducir el 50% salvo que puedas acreditar que la afectación del barco a la actividad es superior. Saludos. |
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#3
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#4
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El porcentaje a desgravar........por ahora me lo guardo para mi
![]() hay mucha gente que lee este foro![]() De cualquier manera, siempre podeis hacer la consulta vinculante, por mi experiencia me atreveria a decir que cada caso es un mundo, todo se basa en como se haga el planteamiento. Saludos Optisail |
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#5
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De todas formas, vuelvo al tema exclusivo de alquiler que es lo que nos mata.POr qué los coches de autoescuela para formación y las aeronaves para escuela sí están exentos del impuesto?? no os equivoqueis yo ni soy arquitecto ni medico ni nada, mis barcos además de alquilarse pertenecen a una escuela homologada para titulaciones.Aquí la cuestión no es que yo intente colarsela al fisco para uso particular ya que soy escuela y estoy hablando de barcos de escuela porque para particular ya tengo el de 7ª lista y es que la ley estaba hecha antes de que existieran las prácticas del per pnb... por eso nos hacen pagar el impuesto porque es EXLUSIVO ALQUILER Y NO INCLUYE ESCUELAS CON PRACTICAS DE PER PNB ... COSA QUE SÍ VALE PARA AUTOESCUELAS..POR FAVOR QUE SE ACTUALICE LA LEY
No vayamos por el camino de uso particular ya que yo no estoy discutiendo eso hablo exclusivamente de barcos de 6ª que trabajan de verdad, NO HABLO DE USO PARTICULAR, eso ya sabemos todos como va.. |
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#6
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Cita:
Saludos. |
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#7
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Una caja de buen ron añejo para todos.
La verdad es que estoy hecho un lio. Vamos a ver. Tengo la intención de comprar un barco ,lista 7, de segunda mano de mas de 4 años (bastantes mas) y pasarlo a lista 6 Soy autonomo y me daria de alta en el epigrafe correspondiente para poder alquilarlo (sin patrón ya que solo tengo el per). Liquidaria y IVA trimestral y demas. Ahora viene la pregunta. ¿Podría, ademas de alquilarlo, hacer uso particular de él? Muchas gracias y saludos
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco Editado por SanYago en 16-07-2011 a las 08:24. |
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