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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Hombre si tu caso es como el mío, es que ni burocracia ni leches, la cosa está clara, o por las buenas o por las malas, pero tu vecino no tiene mucha escapatoria. Lo importante no son las medidas de la eslora, con las cuales siempre suele existir cierta permisibilidad, lo importante es la manga, si pasan de 1 cm a ocupar tu lámina de agua, no hay margen alguno para la discusión. En mi caso el vecino tenía un barco de casi 10 metros por 3,6 de manga, así que te puedes imaginar que el tío me dejaba tan solo 2,4 metros para mi, y por supuesto que no estaba dispuesto a aceptarlo. Pese a eso el muy idiota (perdón), intentó convencerme de que cabíamos los 2 apretados, y hasta sacó una cinta métrica tratando de convencerme de que mi barco cabía por escasos 2 o 3 centímetros. Pero es que ni eso !! es decir mi barco no entraba ni de coña, tenías que verlo !! :-)) obviamente le dije de forma muy educada que ni de coña, y añadí que el problema no lo tenía conmigo, sino con la concesionaria del puerto, así que conmigo había poco que tratar. ![]() Resumiendo: acércate amablemente al responsable de la concesionaria de tu puerto e invítalo simplemente a pasarte por tu amarre, y él sabra que es lo que tiene que hacer. Editado por woqr en 05-07-2011 a las 17:57. |
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#2
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La norma gerneral es:
Manga máxima del barco + diámetro de UNA defensa = anchura amarre. ...Y en buén rollito y paciencia de los de las plazas colindantes... ![]()
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----------------------------------------------- ...¿y por qué no?... ![]() ----------------------------------------------- |
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#3
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Cita:
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#4
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Hola a todos:
¿De que tipo de pantalanes se trata? En ocasiones, en los pantalanes flotantes se puede desplazar el finger y jugar con el espacio que pueda sobrar en otros atraques. Se de un caso que simplemente moviendo los fingers consiguieron varios puntos de atraque más. Saludos. |
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#5
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Creo que no se pueden ir sumando los espacios sobrantes, salvo los de los barcos de ambos lados, pues entonces acabarían descentrados los barcos respecto a los muertos y las cornamuzas/norais/anillas del pantalán.
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----------------------------------------------- ...¿y por qué no?... ![]() ----------------------------------------------- |
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#6
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En cualquier caso...la medida es la que el concesionario contrata con el cesionario y no tiene permisividad alguna (salvo acuerdo de buena fe entre las partes, y que no puede perjudicar a terceros)...el numero de plazas y sus dimensiones figuran en el proyecto ante la Comunidad Autonoma y Costas, asi como en el estudio economico de la concesion y no puede ser variado sin consentimiento de estos estamentos...
Todo lo demas no dejan de ser componendas y excepciones que, cuanto mas antiguo es el puerto... El problema que yo comentaba...es que el ultimo que llega siempre "se supone" que debe adaptarse a los usos y costumbres del puerto...pero con la ley en la mano, tiene sus derechos...si no necesita hacer vida en el puerto, o si no va a necesitar ningun trato de excepcion mas adelante. Si el caso es muy flagrante pues no hay mas remedio que sacar la vara de medir...sino es mejor un buen acuerdo con tus tus compañeros de ambas bandas. ![]() ![]()
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"Recuerda que el dia que naciste todos reian, y tu llorabas; vive de tal manera que cuando mueras, todos lloren, y tu rias" Proverbio Persa. "Acabado el Juego, el Rey y el Peon, vuelven a la misma caja". Proverbio Italiano. ![]() ![]()
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