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Antiguo 19-07-2011, 21:40
Avatar de Iñaki/Sinvergüen
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Predeterminado Re: Tripulación Mínima De Seguridad (Nos Vamos A Enterar)

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Originalmente publicado por Knot Ver mensaje

3.-Toda embarcación de recreo, sea de la lista sexta o séptima, con tripulación profesional, cuya navegación sea superior a 12 horas, deberá contar al menos con dos titulados con titulación suficiente, que permitan las guardias en el puente a guardías de 6 horas, y un subalterno de cubierta.

En definitiva, yo diría que a la mayoría no nos va a afectar, excepto el tema de charter...

(perdón por el tostón)
Es una auténtica barbaridad!!!. Imaginad, en el mejor de los casos, un 50 pies de BCN a Menorca con dos PPER (o cualquier otro título profesional) + un subalterno....! para que queden sólo entre 5 y 7 plazas de pasaje (que naturalmente tienen que pagar los sueldos de los 3 profesionales).

Y ya os podéis imaginar lo que pasaría en un 33 pies de sólo 6 plazas...
3 pasajeros que pagan a 3 profesionales... y que además comparten cabina con estos!

Bueno, supongo que por lo menos el subalterno y uno de los titulados deberán además ejercer de cocinero, camarero, mecánico, patrón del dingui, radiotelegrafista naval, pescador, institutriz de los niños, sacabrilloaloswinches, desembozalavabos, baldealacubierta, rascaeloxido, pintaestoyaquello hazlacama, mayordono y animador turístico, entre otras labores varias, además de marinero y segundo patrón, porque si no, no sé en qué van a emplear su tiempo tanto profesional abordo... ¡Digo yo!
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Iñaki
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  #2  
Antiguo 19-07-2011, 21:47
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Predeterminado Re: Tripulación Mínima De Seguridad (Nos Vamos A Enterar)

Siempre he entendido que en España, por ley, no podian haber embarcaciones de recreo de eslora superior a 24 metros.

un saludo.
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Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan.
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  #3  
Antiguo 19-07-2011, 22:07
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Predeterminado Re: Tripulación Mínima De Seguridad (Nos Vamos A Enterar)

Cita:
Originalmente publicado por Piratacojo Ver mensaje
Siempre he entendido que en España, por ley, no podian haber embarcaciones de recreo de eslora superior a 24 metros.

un saludo.
Creo que no es una cuestión estrictamente nacional... El convenio internacional SOLAS tiene bastante que ver en ello.

Embarcación de recreo siempre < 24 mts. de eslora.
Buque = o > 24 mts. de eslora.

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Iñaki
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