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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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hola!
Pues eso parece, tenía dudas porque recordaba que en aquella fecha 2008, cambiaban normativa y eso afectaba a los exámenes. No obstante, he llamado a una academia y me han indicado que no caducan siempre y cuando no hayas hecho las prácticas, de todos modos, sigo teniendo dudas y llamaré a la Generalitat de CAT. Porque como sabéis, en catalunya se inventan tasas y motivos suficientes para recaudar, aunque sea a costa de prescripciones o limitaciones. Saludos |
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#2
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LLama y cuentanos... por lo menos para saber como acaba esta historia...
Buena proa!!!
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La ARquiTEctura es mi pasion... y Navegar es un vicio... al que espero que nunca le encuentren la cura.
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#3
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Creo saber (con todas las reservas) que hay 18 meses para hacer las prácticas una vez aprobadas TODAS las asignaturas. Pero el límite de 18 meses, tal como viene en las normas escrtas, se refiere solo a las prácticas. Nada se dice de unas asignaturas respecto de otras. Así que yo entiendo que, entre asignaturas, no hay caducidad.
Pero, claro, ya se sabe que el sentido común es un bien que anda bastante esacaso ultimamente. |
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#4
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Unas
![]() , el aprobado de las asignaturas de PY y de CY NO caducan hasta que apruebas la última asignatura, ahí tienes 18 meses para hacer las prácticas si ene se plazo no las haces tienes que repetir el teórico, y la duda es si te tienes que examinar de todas las asignaturas o solo de la última que aprobastes.La buena noticia tienes todas las asignaturas del 2008 aprobadas, solo tienes que aprobar la última que te queda. Buena mar |
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