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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Bueno esta mañana he estado en la capitanía de Sagunto, decir que allí no saben nada del tema ni del mail interno de la DGMM, no me acordaba del RD, así que como tengo que volver, he quedado en decirselo y me han dicho que lo miraran.
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NAVEGAR CONTRA EL VIENTO, ES PERDER EL TIEMPO |
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#2
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El tema es muy interesante. A ver si nos mantenemos cuerdos, evitamos discusiones estériles, cachondeos fuera de sitio y somos capaces de plasmar aquellas experiencias que puedan aportar algo.
En septiembre voy a tocarlo en la capitanía de Bilbao. A ver qué cuentan.
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#3
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bueno , ya que han vuelo las aguas al rio ,
os cuento : tengo el barco en Valencia , con bandera Alemana , soy Frances , con PY sacado en españa , o sea , un caso de libro ... ![]() he consultado en tooodos los sitios para evitar cualquier problema . los resultados : en capitania : " pa' a mi todo bien , ni se pa' que veniste a vernos , no tiene nada que ver con nosotros " en aduanas : " tiene que ir a acienda , calle xativa , para liquidar el impuesto de matricula de barco , o sea el 12 % del valor de la ambarcacion , tendra que llevar el recibo encima . " en acienda : no se nada de eso , pero ya que quieres pagar , son 2800 € ... y por fin , me fue a ver la guradia civil : " mira usted , visto que tan solo por el hecho de subirse a bordo de un barco extranjero nos podemos meter en un lio diplomatico de tres meses de papeleo en el mejor de los casos , no nos subemos ... , eso lo hace aduanas y lo unico que les interesa son las " importaciones ilegales " , y visto que tienes los impuestos pagados .... " espero que he ajorado un poco de luz en el medio de tanto oscurantismo . ![]() |
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#4
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Desconozco (y no me importa), lo que pasó en el otro hilo, pero creo que es un tema interesante. Yo he sido de libro también (britanico en francia y permiso español), aunque ahora mi situeción es un poco más regular (siempre legal, creo). El hilo me interesa, y si puedo aportar algo lo haré.
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#5
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Hola,
y unas ![]() ![]() yo no sé que puede haber pasado en otros hilos, pero respecto a este tema, que lo veo super interesantisimo, creo que vale la pena dialogar mucho y mucho mas, aún, para aportar toda la experiencia que se pueda. Está claro, que viendo las cosas como están, lo interesante es poder tener un barco bajo bandera y matrícula extranjera, para evitarse problemas y problemas. No me veo a la GC del Mar parando y pidiéndole los papeles a los megayates tipo Perini de 50 metros. Ni al vigilante de las Ons multando al Halcón Maltés. ![]() ![]() Ahora bien, está claro que si un ciudadano español posee un barco, que es un bien(de lujo), debe declarárselo a la Hacienda, que lo único que quiere es recaudar, el resto le da igual. NO cumplir con Hacienda, es un fraude o delito, está claro, y cada cual que decida o tome la decisión que mejor le parezca. Yo tengo claro, que duro que me ahorro, si puedo, pues es mío. A partir de ahí, los problemas e inconvenientes, es lo que este hilo, en mi opinión, puede aportarnos. Porque aparte de ser nosotros los propietarios, también puede ser el propietario del barco una Sociedad XX registrada en un, digamos, país opaco en temas fiscales. Y esta sociedad, puede arrendar el barco por temporadas... Es el caso flagrante, de grandes millonarios, donde está claro que la mayoría de los barcos, megayates de lujo que se chartean, es para disimular, porque en realidad, no se alquilan nunca o casi nunca(si alguien llama, las fechas estarán reservadas hasta dos años...y habrá que dejar una buena paga y señal para formalizar la reserva, con lo que los Inspectores de las Haciendas, desisten de ir por ese camino). Y estos megayates, suelen ser propiedad de empresas radicadas en las Islas Cayman, Islas Vírgenes Británicas, Jersey,etc. Lo único que pueden hacer las Haciendas, es investigar, espiar, y seguir, al posible propietario, para poder demostrar ante un juez que en la práctica, es el que tiene alquilado siempre o casi siempre dicho barco,porque realmente es su propietario, con lo que ha cometido un delito fiscal. Ya se han destapado casos sonoros a este respecto, con resultados a veces dispares. Pero para que te pillen, ha de ser un caso realmente muy llamativo, y quedar muy claro quién es el propietario. Además, como los alquileres se le pagan a precio de mercado a dicha compañía de charter, el propietario evade de forma legal enormes cantidades de dinero, que van a la caja de la sociedad propietaria del megayate, que no es más que la caja del mismo propietario, por lo que tiene una forma muy simple de evasión fiscal, y legal desde el punto de vista objetivo. Lo que no sé, porque ahí ya se me escapa de mis conocimientos, es que ocurre con los barcos bajo pabellón extranjero que navegan por nuestras aguas, y ahí, es donde creo que vale la pena ahondar, aportar experiencias,etc. Tema de amarres, tampoco es problema, una persona física o jurídica, puede adquirir o arrendar un amarre, y luego subarrendárselo a otra sociedad, o persona jurídica, independiéntemente de que esta tenga su residencia fiscal fuera de nuestro país. Y por lo demás, yo solo veo grandes ventajas. Para amantes del riesgo, está claro, los que tengan problemas para dormir, pues mejor que lo hagan todo correcto. ![]() ![]() ![]() Ojo, yo no estoy incitando ni aconsejando a nadie hacer cosas raras ni trampas fiscales, solo doy una opinión, que seguramente no vale más que la de otro forero. Venga, saludos a todos, y el ron o cerveza que no paren de correr. |
| 2 Cofrades agradecieron a Bahama este mensaje: | ||
barcosclasicos (15-08-2011), nadie (09-08-2011) | ||
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#6
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Hombre, Bahama, estoy de acuerdo contigo en el tema fiscal, pero me refería a las circunstancias en que navegantes de medio calado dispongan de de distintos pabellones.
No creo que el común de los mortales lo haga para blanquear dinero. (aunque me ha parecido interesante tu aportación) ![]() |
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#7
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Buenas y frías
,Mi caso: nacionalidad española. Tengo barco con pabellón francés, pues al comprarlo a un amigo francés, en la prefectura de asuntos marítimos de Toulón realizaron la transferencia de titularidad casi de oficio con la documentación presentada por el vendedor. Título español (Patrón de Yate, a punto de CY (falta Meteo). Tengo homologado el título en Francia. Es una especie de PER para navegación costera. No hacen distinciones entre PER y PY. El CY lo homologan a navegación de altura sin limitaciones. Pero...navego siempre por aguas no españolas. Si recalo en algún puerto español, procuro guardar los partes de entrada y salida, y no exceder los 180 días al año en territorio español. Hasta ahora, sin problemas. Guardo los comprobantes de transferencia bancaria por el pago del barco, etc. para evitar problemas con Hacienda, blanqueo de capitales, etc. y justificar el origen de los fondos, que pueden circular libremente por la UE. Si tuviera que cambiar mi área de navegación a aguas territoriales españolas, me haría otros planteamientos...mientras, todo son ventajas. Un saludo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Hakuna Matata | ||
Juanitu (09-08-2011) | ||
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#8
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Yo navego por aquí con bandera holandesa desde abril. Soy español y resido aquí. Compré el barco en Francia y lo bajé en abril, tenía bandera holandesa y la he mantenido. He pagado los impuestos, tengo el curso de radioaficionado y soy PY, y creo que tengo todo en regla (lo poco que piden). Llevo en el barco prueba de pago del impuesto de matriculación y una copia de la normativa. No he preguntado nada a GC, capitanía ni aduanas. De momento, no me han parado, y, aunque tal vez sea un primo y me la esté jugando, voy bastante tranquilo. Toco madera...
Saludos. |
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#9
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Cita:
los papeles del barco alemanes son limitados, es decir no son válidos de por vida. Tienes por un lado, el Flaggenzertifikat del BSH que creo que vale 8 años y, por otro lado, el IBS expedido por el ADAC con una validez de dos años. (Si no eres alemán, ni resides el Alemania no tienes opción a que te los renueven y si el barco ha cambiado de nombre estas obligado a solicitar papeles nuevos). Si tienes radio con MMSI en un barco alemán necesitas obligatoriamente el SRC (short range certificate). Si llevas bengalas, el título de manipulación de bengalas. Y además necesitas obligatoriamente el Sportsseeschifferschein (similar al PER). El PY o cualquier otro título español no te sirve pues no convalidan títulos y si navegas con pabellón alemán estás obligado a cumplir la ley Alemana. Es más, si no resides en Alemania necesitas un aval alemán o residente para solicitar el Flaggenzertifikat (papeles del barco). Asimismo, para solicitar el Flaggenzertifikat necesitas incluso un documento de la DGMM que te autorice como extranjero a navegar con pabellón alemán. EL IBS del ADAC se obtiene con mayor facilidad y desde hace poco también es válido en Francia, pues antes no lo era. Así es y así me lo han explicado estos días desde el BSH (Oficina federal de navegación e hidrografía) y desde el ADAC. Mi preguntas son: ¿qué tipo de papeles y qué MMSI tienes? Saludos Scipio
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¿Por qué seguir tendencias si puedes seguir el viento? El proyecto es el borrador del futuro. A veces, el futuro necesita cientos de borradores. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a cónsul scipio | ||
Eirín (09-08-2011) | ||
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#10
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Cita:
son tramites faciles y gratis ... ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a vertijean | ||
Juanitu (14-08-2011) | ||
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#11
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Me concedieron la bandera holandesa pero no tenemos todavia el mmsi, la idea es darnos de baja provisional del pabellon español mientras estemos de travesia al Caribe y volver al pabellón nacional a la vuelta; todo es legal y la ventaja es poder cruzar el charco amparados por la legislación holandesa sin pasar por el aro de BLUs homologadas y otras zarandajas; eso si llevando un equipamiento superior al exigido en zona 1 y mucho mas practicoy barato
Esperemos que Holanda mueva ficha antes de Noviembre ![]() ![]() LORDRAKE ![]()
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El GRAN AZUL |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LORDRAKE | ||
guillermogefaell (11-08-2011) | ||
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#12
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![]() tendre un amigo holandes ![]() ![]() ![]() ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a pipe | ||
LORDRAKE (14-08-2011) | ||
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#13
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Cita:
.Porque si el trámite no es farragoso es una opción muy interesante. Lo malo es que cuando acabes el viaje no podrás recalar en España con pabellón holandés ¿No?. .Saludos y para todos... |
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#14
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#15
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Me vas a perdonar riskfactor, pero sigo sin ver claro que se pueda patronear un barco alemán con un PY español.
Algunos cofrades, si no he leido mal, opinan como yo que en este caso la titulación tiene que ser alemana. Un saludo y ![]() |
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#16
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#17
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#19
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Tengo entendido que en Bélgica, para navegar por el mar, no piden NADA de titulación, si bien la hay voluntaria.
Otra cosa es para aguas interiores (canales). |
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#20
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#21
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