
13-08-2011, 21:43
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Pirata
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Re: Sancion fondeo illas atlanticas
No es una sanción prevista (ccmo hay tantas otras) con intención recaudatoria, sino disuasoria, y en ese sentido funciona.
En cuanto a tu expediente, mi opinión es que no debes discutir la cuantía, pues está así tipificada y nadie (ni siquiera el Magistrado de lo Contencioso, si sigues por ahí) puede rebajarla. Discute la existencia de la infracción. Yo alegaría: (a) que fue amarre a boya, y no fondeo; (b) que el amarre se debió a caso fortuito, debido a una avería imprevisible del barco (evidentemente, no debida a mal mantenimiento, ni que se trate de aguas sucias o análogos), siendo el amarre el mal menor frente a males mayores, que podrían haber causado graves perjuicios para el entorno, además de poner en peligro personas y barco, (c) que el amarre duró lo indispensable para reparar la avería; (d) que no se causó daño alguno ni se produjo alteración del entorno (la insignificancia o irrelevancia es causa de inaplicación del Derecho Sancionador, aunque aquí hay que hilar muy fino); y (e) subsidiariamente, nulidad del procedimiento (por error en la notificación, en la identificación del barco, en la zona de fondeo o similar).
Buena suerte.
  
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