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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
unas veces la piden a todos otras solo a algunos, todo es apostar.
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No hi pots perdre res, si vols podràs no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant Viu la vida viu, no paris mai sent que cada respir és de veritat (Clepton) |
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#2
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Efectivamente... Esta solución existe pero no deja de ser arriesgada.
El "precio" que hay que pagar por beneficiarse de las ventajas de la lista 6ª es precisamente el no poder aprovecharse de las de la 7ª. Como decimos en mi tierra "no se puede tener la mantequilla y el dinero de la mantequilla"... Injusto, tal vez, pero es lo que hay!... Y cuidado con los controles... Facturas y contratos se miran ya con lupa. ![]()
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#3
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La solución es sencilla ... basta con pagar el impuesto de matriculación, cuya exención es el motivo por el cual ni el armador ni familiares ni personas relacionadas con la empresa pueden emplear el barco para su uso particular, ni siquiera como arrendatarios. Si pagas el impuesto de matriculación, entonces no tendrás problemas para utilizar el barco cuando te apetezca.
Espero que esta respuesta te resulte de alguna utilidad. ![]() ![]() salud!!! |
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