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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Sigue la odisea..... fue a capitania, y a la guardia Civil, ninguno de ellos es el ente sancionador, al parecer es la Xunta de Galicia la que sanciona. Solicitó fotos y le dijeron ........que no hay fotos. La factura de la botadura, la presento con las alegaciones, de todas formas no se si le valdrá, ya que fue botado el 10 de Julio, pero eso no quiere decir que el 28 de Mayo la embarcacion no estuviera en el mar....... . Tambien presentó un escrito, por lo dicho anteriormente, del club nautico como comprobante de que en esas fechas la embarcacion no se encontraba en su amarre, ya que el propietario la inverna en seco, espero que se resuelva, ya os iré contando.
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Cuando en la vida no puedas hacer nada, pon la proa hacia el bien y la fé hinchará las velas.
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#2
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Sinceramente, todo esto me parece el mundo al revés.
Se supone que el principio básico de nuestro Estado de derecho es la "presunción de inocencia". Ello significa que la "carga de la prueba" en el caso de una sanción, corre a cargo del ente sancionador. ¿Hay pruebas de que este navegante estaba fondeado en dichas fechas en las islas en cuestión? Si es así....el navegante tendrá que aportar pruebas de contrario. Pero si no es así....es la Administración la que debe probar los hechos en que se basa la sanción. P.D. Personalmente creo que NO estamos en un Estado de Derecho, sino más bien en un Estado de represión y recaudación. Pero sólo es una opinión personal. |
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