Cita:
Originalmente publicado por Rascayus
No esta prohibido utilizar para uso propio un barco en lista sexta, solamente en el caso de que te hayas acogido a la exención del pago del impuesto de matriculación. Si lo pagas no hay ningun problema en que lo use su propietario.
|
vaya esta no me la sabia. Siempre ha sido así?
Cita:
|
Tener un barco y darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el epígrafe de "otras actividades de transporte" yo creo que sí es posible.
|
Conoceis algún caso que ya esté funcionando así?
