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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas cofrades. Veo un error cuando algunos denomináis aguas internacionales a todas aquellas que pasan de las 12 millas. No es así. Tampoco sé de donde habéis aprendido esas "aguas internacionales".
El mar está dividido en zonas, aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y esas famosas aguas internacionales. en aguas interiores (sería bahías pequeñas, radas, puertos, etc) la ley es la misma que la del país. En el mar territorial se deben cumplir con las leyes del pais ribereño. Este deberá permitir a los buques y aeronaves hacer un paso sobre estas aguas siempre y cuando se considere inocente. En la zona contigua, Conforme a la Convención de 1982, es el espacio marítimo contiguo al mar territorial de un Estado donde éste puede tomar las medidas necesarias para prevenir y sancionar las infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios que se cometan en su territorio o en su mar territorial (art. 33.1, 1 y b). La zona contigua no podrá extenderse más allá de 24 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial (art. 33.2). Eso por el régimen jurídico de las aguas (quedaría describir la Zona económica exclusiva y aguas internacionales que no vienen al cuento). Falta observar, que al tener el pabellón español, se considera territorio español y se deberá cumplir la reglamentación de dicho pabellón (es decir de españa). Ademas, el estado ribereño puede iniciar una persecucion en caliente aunque esto solo sea para banderas no españolas (en nuestro caso me reifiero). Aclarado esto, está claro que la "verdemerita" no puede multar con supuestos y se deberá basar en hechos probados. Tu siempre puedes decir que el barco lo han llevado remolcando, en un remolque o como quieras inventarte la historia. Que suerte que no tengo velero. Si (por suerte) me compro uno, creo que mirare la opcion de abanderarlo fuera!! Buena proa Editado por lupillas en 19-09-2011 a las 03:58. |
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#2
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Como siempre en este pais, veo que el problema es si te pillan o no cometiendo la infraccion y no el cometerla, como en la carretera, lo peligroso no es si te paran a 200 km/h, es si te la das a 200 km/h. Pues en el mar lo mismo, no me gustaria verme en la tesitura de tener que hacer un abandono con pasaje en mitad del canal sin balsa y radiobaliza o transpondedor.
Imagina un incendio con un velerito despachado zona 4, salta un cortocircuito y atomarporculo el electrico, algo prende...incendio, la radio no va porque no tenemos electrico y ademas hay humo en la cabina...y quien baja a por el extintor? Y los chalecos donde estan? JOERJOERJOER! Que alguien llame por telefono! ¿Que aqui no hay covertura?...imagina el resto... Que no tiene porque pasar, pero por desgracia hay veces que pasa, por eso se crearon las normas de seguridad, no para sacarnos la pasta sino para salvarnos la vida, sin entrar en consideraciones sobre que cojones pinta la ruedecita de timon en la homologacion, si el aro que compre en inglaterra es SOLAS y igualito al que me obligan a comprar por el doble en este pais. Despues cada uno que haga lo que quiera, si va uno solo en la embarcacion pues como si se la pega a 200 km/h solo en una carretera abandonada, es su problema. Pero no pongamos la vida de los demas en peligro, la multa sigo pensando que es lo de menos. |
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#3
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Cita:
Pero como spain is different... resulta que aquí hay que regular más que nadie. Y creo que eso lo sabe incluso la benemérita, ya que según se comenta en este foro, no te dice nada si vas fuera de tu categoría de despacho siempre que lleves el equipamiento de seguridad correspondiente a dicha zona. Y me parece de lo más razonable. Creo que hay que abrir la mente y dar un paso adelante en esto. Si alguien se larga a una travesía no suele ser un loco o un inconsciente (aunque también los hay, claro), sino que normalmente se prepara lo mejor posible. Independientemente de las normativas. Si sólo me piden un silbato para ir a 200 millas, igualmente llevaré chalecos, radio, balsa y lo que haga falta. Seamos adultos y que nos traten como tales. Se que esta opinión no gustará a todo el mundo, pero es la mía. Un saludo
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"My boat is my island" Editado por astrolabio68 en 19-09-2011 a las 10:00. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a astrolabio68 | ||
nadie (22-10-2011) | ||
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#4
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totalmente de acuerdo Astrolabio. Sentido común y menos leyes para sacar dinero.
Desde cuando es un lujo capear un temporal? |
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#5
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Cita:
De todas formas es el manido tema: ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ Que p#####da que malos son no me dejan llevar un camion con mi carnet de moto y en otros paisee no piden carnet !!!!!!!!!! Si hay una reglamentacion pues hay que cumplirla y no intentar ser pillos y buscarle las vueltas. Si esa reglamentacion no te gusta busca , no se cuantas firmas y a las Cortes o lo que sea para cambiarla
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#6
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Hola Cofrade,
Yo sigo esperando a que de una vez por todas se modifique el tema y que para ir a las islas se necesite lo siguiente: 1) Experiencia para realizar la singladura: Esto lo decide cada uno cuando cree estar preparado, no hace falta que nadie te lo diga. 2) Un barco con categoría para ir a las islas 3) Seguridad: Estoy de acuerdo que te pidan una balsa o una radiobaliza, pero porqué no te la pueden dejar o alquilar. a) El tema de la balsa está claro que es sencillo de resolver, siempre y cuando la balsa esté a son de mar y con las revisiones, que más dá si te la dejan o la alquilas en una empresa autorizada. b) El tema de la radiobaliza, mientras que en la base de datos de salvamento y/o de capitania tenga registrado el MMSI de la radiobaliza al nombre del barco actual, esto vía internet se podría modificar on-line, igualmente se podría alquilar. El resto de temas aunque obligatorios, ya tienen una importancia menor en el precio, por lo que un bote más de humo o una radio de backup, pues aceptamos pulpo. Es que al final, que diferencia hay en navegar a 11,99 millas que a 12,01. Con un temporal, sin balsa y sin radiobaliza, lo puedes llegar a pasar mu mal estando en el lado de la línea que sea. Hagámoslo mucho más sencillo, que para una vez en 5 años que puedas ir a las islas, no tengas que gastarte el gusto y las ganas. Generemos un nuevo negocio y más ganas de navegar. En mi opinión, las que no tiene mucha experiencia o los que quieren viajar con más tranquilidad, igual para sus singladuras del verano, se deciden por alquilar ambos artilugios, simplemente por seguridad. Tengo muy claro que mientras no cambie el tema, estaré en Zona 4 y me arriesgaré a cruzar como han hecho, hacen y harán muchos cofrades. Por desgracia... es un sueño. ![]() Editado por ddelgrac en 24-10-2011 a las 20:14. |
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#7
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Cita:
Lo de la balsa lo digo porque un barco tarda relativamente poco en hundirse y por muy proximos, atentoa y eficazez que sean los medios de salvamento el tiempo de respuesta y llegas es el que es
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#8
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Hola Cofrede Borrasca,
En muchos puntos coincidimos pero en uno de los puntos: 3) Seguridad: Estoy de acuerdo que te pidan una balsa o una radiobaliza, pero porqué no te la pueden dejar o alquilar. Se hablo no hace mucho de las condiciones de algun barco charter ¿ Garantias de esas balsas? Entiendo que si una empresa está autorizada a alquilar Balsas, es porque esta empresa está obligada a pasar las revisiones que el ministerio obligue. El usuario, va a la tienda y alquila una balsa como el que alquila un traje, un cortacesped o no se lo que se nos ocurra, siempre siguiendo el criterio del punto anterior. Sobre el otro comentario, estoy de acuerdo que a una milla si el barco se va a pique y no sabes nadar muy bien o el agua está muy fria estas en la misma situación que a 10 que 15 o que a 30 ... pero mejor no le demos ideas. ![]() |
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