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#1
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Francia
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#2
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Por cierto, no quiero ser aguafiestas para algunos, pero quiero hacer una observacion: recuerdo que la reforma de la DA1 de la Ley de Impuestos Especiales no ha suprimido la obligacion de matricular. Esta subsiste, intacta y con la misma redaccion en el apartado DA1.1. Lo que ha hecho la reforma es añadir en los apartados DA1.2 y siguientes un supuesto de exencion de la obligacion en algunos casos. Quien no este en ese supuesto de exencion no se puede acoger y, por tanto, para el se mantiene la obligacion de matricular. Por tanto, en sentido estricto, la Ley no ampara que se den de baja barcos para matricularlos en Europa.
Aun asi, es muy posible que la DGMM haga una aplicacion muy extensiva de la exencion y tolere que la gente se de de baja y matricule fuera. Pero si un dia les da por cambiar de criterio y ponerse estrictos, podrian obligar a estos a matricularse de nuevo. Creo que a quien le interese el tema le puede ser util leer el hilo "Se puede navegar ahora con bandera de otro pabellon????". Y si quiere ahorrarse trabajo, que es muy largo, puede ir directamente al post 529 de ese hilo (en la pagina 22), en el que resumo mis conclusiones sobre la interpretacion de la nueva redaccion de la DA1 de la LIE. Perdon por referirme a mi mismo, pero es que nadie mas hizo un resumen de la nueva situacion legal. Bueno, si lo hicieron algunos de los que se negaban -no se porque- a aceptar los efectos de la nueva redaccion. Pero gracias a la iniciativa de solicitar a la Directora General de la MM una respuesta por escrito de GuillermoGefaell y de GUATARRAL, se ha recibido ya la respuesta que, aunque todavia no la conocemos integramente, parece que ha desautorizado definitivamente la version de esos que se resistian. En concreto, en ese hilo habia alguno que queria pasarse de la bandera española a otra europea y le comente mi opinion al respecto. En resumen: - Mantener la bandera europea de origen al importar un barco? Si, es legal. - Dar de baja la bandera a la brava y matricular el barco en un pais de Europa? No es legal. Pero insisto: una cosa es lo que dice la ley, y otra es que la aplicacion que hagan en Capitanias, GC, aduanas, etc. pueda extender los efectos de la exencion mas alla de lo que dice esa ley. Si alguien decide beneficiarse de esa aplicacion benevola, perfecto, es su decision. Pero si luego cambian de criterio no podras quejarte si te obligan a matricular (y posiblemente, incluso con una multa, que podria ser bastante elevada). De hecho, en ese mismo hilo y en otros algunos cofrades exponian que habian consultado a funcionarios y les habian contestado cosas como que "ahora los residentes pueden navegar con pabellon extranjero", como si se hubiera suprimido la obligacion de matricular. En cambio, la carta de la Directora General de la MM no cae en esa interpretacion extensiva y dice estrictamente que " el titular de cualquier embarcación de recreo cuyo destino sea su utilización en territorio español podrá, bien mantener el pabellón de origen o bien podrá optar por su abanderamiento en España". O sea, que mucho cuidado con apuntarse a la interpretacion alegre de la nueva redaccion de la DA1 de la LIE y cambiarse de bandera, que igual un dia os llevais un disgusto (puede que si, o puede que no). Salut! Tupac Amaru Editado por Tupac A. en 10-11-2011 a las 03:41. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tupac A. | ||
Boston (11-11-2011) | ||
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#3
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Hola Tupac A.:
Cuando te leo ahora..... “Por cierto, no quiero ser aguafiestas para algunos, pero quiero hacer una observacion: recuerdo que la reforma de la DA1 de la Ley de Impuestos Especiales no ha suprimido la obligacion de matricular. Esta subsiste, intacta y con la misma redaccion en el apartado DA1.1. Lo que ha hecho la reforma es añadir en los apartados DA1.2 y siguientes un supuesto de exencion de la obligacion en algunos casos. Quien no este en ese supuesto de exencion no se puede acoger y, por tanto, para el se mantiene la obligacion de matricular. Por tanto, en sentido estricto, la Ley no ampara que se den de baja barcos para matricularlos en Europa.“ .....me da la impresión de vas interpretando la DA1 como hacíamos en el lado oscuro los reaccionarios integristas pro-pabellón Español. La “Director General” no deja de ser un cargo político y como yo pienso y he dicho en más de una ocasión, en todo este asunto lo que subyace es un tema puramente político y ya sabemos que para un político, conseguir un voto está por encima de todo, la ley es algo prescindible. En cualquier caso, la respuesta de la “Directora General” es difícil de valorar sin conocer los términos exactos en que se hizo la consulta y el texto integro de la respuesta. Para que se pudiera mantener el pabellón extranjero, además de permitirlo nuestra administración, haría falta que lo permitiera el país de origen, y hay países que son fáciles de engañar, ellos dan por hecho que si alguien solicita registrar una embarcación, lo hace porque reúne los requisitos que marcan sus leyes, sin entrar en más comprobaciones. Lo que se pretende con este asunto del pabellón extranjero, no es más que agarrarse a un clavo ardiendo para no tener que cumplir la exagerada normativa Española. Cualquier día empezarán a llover los palos, ya ocurrió con la lista 6ª, en teoría todo era legal, hasta que rascabas un poco en la superficie, como hizo la Agencia Tributaria. Saludos. |
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#4
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Cita:
Hola LP. No es asi. Yo mantengo la misma interpretacion estricta de la DA1 que mantuve en el viejo hilo de marras. Si alguien, como haciais vosotros, decia que habia que matricular los barcos importados con matricula europea, yo defendia que no, que esta obligacion estaba ahora exenta. Y entonces, logicamente, yo defendia la postura mas liberal, que ahora parece que se confirma. Pero cuando habia gente que decia que daria la baja de bandera y se matricularian nosedonde, ya entonces les advertia que la ley no permite eso, a pesar de que entonces parecia que las Capitanias si lo iban a permitir. Mira el hilo y veras. Y ahora sigo diciendo lo mismo. De hecho, mi parrafo que tu citas de mi post anterior lo copie de ese hilo y lo pegue aqui. Y, claro, para los que se habian hecho esas falsas ilusiones puedo parecer un aguafiestas o que estoy en contra de navegar con pabellon extranjero. Pero es que la ley dice lo que dice, y tiene el alcance que tiene. Cita:
Que encima ha dicho lo que parece que ha dicho (lo mismo que defendia yo)? Fenomenal! Eso significa que no tendre que pelearme con guardias civiles, ni poner recursos, ni mandangas y que desde el primer dia podre navegar sin problemas con mi pabellon holandes o belga. Pero mi plan no se altera. Cita:
De todas formas, tambien te digo que el parrafo citado por GuillermoGelafell y Melillano es suficientemente claro para hacerse una idea, salvo que la carta sea un desproposito y se contradiga consigo misma (cosa que no creo porque el parrafo citado se nota que esta muy medido para ajustarse a lo que dice la ley). Cita:
- Reino Unido, el Part I del SSR (el Part III, que es el mas sencillo no lo permite). Mirate la web oficial del SSR y lo veras. - Belgica. Por aque he visto mencionar otros (creo que Suiza, Suecia, etc.), pero eso no lo se por mi mismo. En otros, por ejemplo Holanda, es cierto que se juega con lo de dar un domicilio para que parezca que eres local. Pero una vez te han dado los papeles por ser residente, es correcto que mantengas el pabellon de por vida, por eso precisamente me planteo ir a vivir a Amsterdam una temporada (bueno, por eso y porque es una ciudad maravillosa en la que no he estado mas que alguna semana por trabajo y algun fin de semana). Cita:
A los que si le pueden llover palos es a los que se apunten alegremente a una manga ancha que no esta amparada por la ley y den de baja sus barcos en capitania para matricularlos en paises europeos. Por eso mi advertencia que comentabamos antes. Mucha gente me ha contactado estos meses para comentar su situacion, pedirme consejo, etc. Varios navegan ahora con pabellon extranjero y asi se lo recomende. Y a estos no les puede caer ningun palo. Pongo la mano en el fuego. A los que ya tenian el barco matriculado les dije que si la DGMM cambiaba de criterio y se ponia a interpretar la ley estrictamente se la jugaban. A esos si que les podian caer palos. Pero a los que cumplen la ley (es decir, a los que importan un barco y mantienen el pabellon europeo de origen), imposible. Saludos, Tupac Amaru |
| 2 Cofrades agradecieron a Tupac A. este mensaje: | ||
guillermogefaell (11-11-2011), nadie (18-12-2011) | ||
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#5
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Perfectamente argumentado, TUPAC A.
Lo que sigo sin comprender es el afán de determinados cofrades en mantener sus erróneas posturas, aludiendo ahora a la caducidad de los políticos. Si estamos en un Estado de Derecho, lo que impera es la ley. Cuándo comprendamos eso y, sobre todo, asumamos defenderlo hasta el final, habremos dado un gran paso cómo ciudadanos. |
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#6
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Buenas y
![]() Quiero dejar claro que la carta que envié no es la que mandó GUATARRAL y por lo tanto no ha sido la DIRECTORA GENERAL la que me ha contestado, sino el responsable del REGISTRO MARITIMO CENTRAL. La consulta que realicé la envié a principios de JUNIO a través del distrito marítimo de mi zona. No digo esto para desmarcarme de la carta de GUATARRAL, con la que estoy totalmente de acuerdo, sino aclarar que fue una consulta anterior. También tengo que decir que he realizado repetidas y numerosas llamadas a Madrid y envíos de fax para poder obtener por fin la aclaración. La consulta la plateé de la siguiente forma: “ DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE LA D.A.1ª R.D. 1435/2010 DE LA LEY 30/2010 UN ESPAÑOL Y RESIDENTE EN ESPAÑA ¿ PUEDE ABANDERAR LA EMBARCACION EN CUALQUIER PAIS DE LA U.E. SI TIENE PAGADOS LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES?” La respuesta en ningún momento hace referencia a que se pueda dar de baja la embarcación con bandera Española para darla de alta en otro país como insinúa la pregunta. (digo esto para los cofrades que se plantean esto mismo). La respuesta lo que deja bien claro es que si compras una embarcación no española y pagas los impuestos conforme a la ley puedes mantener la bandera no española. ACLARACION DE LA CONSULTA POR EL JEFE DEL AREA DEL REGISTRO MARITIMO CENTRAL. SALUDOS |
| 4 Cofrades agradecieron a melillano este mensaje: | ||
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#7
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Cita:
Salut! Tupac Amaru |
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