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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
En mi humilde opinión, ya es muy difícil de demostrar en una inspección que un coche sólo se utiliza para el uso profesional y no para uso particular, pero decirle al inspector que el barco se tiene para ir a hacer contactos y que te descuentas los gastos de combustible y mantenimiento, raya lo surrealista. En fin, pregúntale a tu familiar que es inspector de hacienda, aunque me parece de juzgado de guardia |
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#2
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Puede rayar lo surrealista pero el hecho es que va a ser así; se ponga o no a nombre de la empresa: Es lo que tenemos los que vivimos y trabajamos todo a la vez, que no se separan uno de otro.
Otro tema que nos han dicho es que el barco mostrara publicidad de la empresa: velas y cubierta con logos, como el coche que también está rotulado. Y mucho más barato que un cartel en los porches de Zaragoza, ya os puedo decir que si! Pero vamos, todo en su momento se verá.
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LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes
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#3
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Mira Kikuva, Te he puesto el término surrealista por ser fino, pero lo que quiero decir es que es ILEGAL. Yo también soy autónomo y ni siquiera me descuento los gastos de mi vehículo, aunque seguramente lo uso en un 80% para mi trabajo. Pero mi barco es un gasto particular y como consumidor final de mi ocio, nos guste o no está sujeto a impuestos de IVA y además de un dinero que ya ha pagado un 30 o 40 % de renta. Es igual de ILEGAL que descontarse una factura de una comida que celebres con tu familia el domingo en un restaurante como gasto de representación, por mucho que te quieras empeñar y por mucho que lo haga todo el mundo.
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#4
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No voy a entrar en disputas... no sea que lleguemos a decir que disfrutar de tu trabajo o convertir el ocio en fuente de negocio sea ilegal ;-)
Unas rondas, que los temas laborales parece que nos alteran bastante ![]()
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LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes
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#5
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MI consejo.. para lo que te vas a ahorrar y los posibles disgustos que te puede a acarrear... yo ni me lo pensaba, lo pondría a mi nombre y listo.
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Mario. |
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#6
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Lista 6ª :
-no se paga ni IVA ni impuesto de matriculacion -no puedes llevar el barco ni a repostar tu personalmente -cuando navega tiene que llevar el contrato de arrendamiento -tienes que justificar que la empresa tiene actividad ( que lo alquilas) -tienes que llevar ( tu o una gestoria ) una contabilidad trimestral -te desgravas todos los gastos Lista 6ª con impuesto de matriculacion pagado : -puedes utilizar el barco a titulo personal y privado como y cuando quieras;tienes que llevar la contabilidad arriba mencionada y justificar que tiene actividad asi como desgravar- te todos los gastos. Lista 6ª con impuesto de matriculacion e IVA pagado : -no tiene sentido. |
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#7
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¿Seguro? No se donde lei que no te podias desgravar todos los gastos si usabas el barco personalmente.
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Mario. |
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#8
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Cita:
Pero la verdad es que me tiene un poco confundido el tema de la lista 6ª, pongamos que me compro un barco para uso personal pero le quiero sacar alguna rentabilidad al año alquilándolo, entiendo que deberé tenerlo en 6ª, no?, porque si lo tengo en 7ª y se lo alquilo a alguien, me crujen, o no? |
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