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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola Yulxxx,
No se requiere titulación de recreo para practicar la vela ligera. Con matices: "Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica –5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo-), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título: · Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW. · Embarcaciones a vela hasta 5 mts. de eslora. (He aquí tu caso) · Artefactos flotantes o de playa, piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines con pedales o a motor de potencia inferior a 3,5 kW. · Tablas a vela o tablas deslizantes a motor, o instalaciones flotantes fondeadas." Un fuerte abrazo y que la disfrutes
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"Todo hombre normal debe estar tentado, a veces, a escupirse en las manos, izar la bandera negra, y empezar a cortar cuellos" (H.L. Mencken) ![]() |
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#2
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El HC16 pasa de 5 metros.
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