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Antiguo 24-11-2011, 15:30
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Predeterminado Re: Un barco de "stitch and glue" pasara el ITB

Gracias para el enlace.
Pero el proyecto puede ser muerto antes de poner en marcha:
....................... documento para el camino A)
Artículo 11. Documentación requerida para el abanderamiento de embarcaciones construidas por aficionados.
1. Las embarcaciones nuevas construidas por aficionados se podrán abanderar y registrar en la lista séptima siempre que se presente un proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, en el que a juicio de la Administración marítima se demuestre
- que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003.
- y con los requisitos esenciales establecidos en el anexo I del Real Decreto 2127/2004.
- El cumplimiento con las normas armonizadas del anexo XVIII del Real Decreto 2127/2004 será admitido como suficiente respecto al cumplimiento de los requisitos esenciales.

.......................

A) Yo compro ya el plan
pero en el primer lugar ni se como encontrar un "technico titulado competente".

B)Que organismo es el "Administración marítima" en la provincia de S/C de Tenerife?
O tal ves era una solucion de preguntar a la administracion si son
- dos barcitos de menos que 2,5 metros (solucion!!)
o
- un barco con 4 metros:
El nested dinghy consiste de dos partes, cada uno de 2 metros.
Y cada parte esta flotando.
Esto era un truco, (pero tengo dudas):
son dos barcos con menos de 2,5 metros.
Pero si yo hago el trabajo de 6 semanas por lo menos, quiero saber antes si cumplo la normativa.
...................... documento para el camino B)
El seguimiento de la construcción de estas embarcaciones será realizado por la Administración marítima de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre. Asimismo, habrán de superar con resultado favorable el reconocimiento inicial realizado por la Administración marítima de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.A del Real Decreto 1434/1999.
En esos casos, el interesado presentará ante el distrito marítimo la documentación que se indica en el artículo 10.3.
.......................
Gracias, Willi
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