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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#5
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![]() son la b y la d: RD 1185/2006: SECCIÓN 2.ª EQUIPAMIENTO RADIOELÉCTRICO PARA EMBARCACIONES DEDICADAS A LA NÁUTICA DE RECREO Artículo 56. Zona de navegación 1. 1. Las embarcaciones de recreo autorizadas a realizar navegaciones por la zona 1, deben estar provistas del siguiente equipamiento radioeléctrico mínimo: a) Una instalación radioeléctrica de MF/HF que pueda transmitir y recibir en la frecuencia de socorro y seguridad de 2.182 kHz utilizando radiotelefonía, y transmitir y recibir comunicaciones generales utilizando radiotelefonía en las bandas comprendidas entre 1.605 kHz y 27.500 kHz atribuidas al servicio móvil marítimo, o en su lugar una ETB. b) Una instalación radioeléctrica de VHF capaz de transmitir y recibir en los canales 16, 6 y 13 en radiotelefonía y transmitir y recibir comunicaciones generales utilizando los canales radiotelefónicos del apéndice 18 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. c) Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática y manual. 2. Las instalaciones de MF/HF y VHF indicadas deberán ser aptas para utilizar las técnicas de LSD a partir del 1 de enero de 2007, salvo las de las embarcaciones que se exploten con fines lucrativos (de la lista sexta), que lo serán, a más tardar, tres meses después de la fecha de entrada en vigor de este reglamento. 3. A partir del 1 de enero de 2007, estas embarcaciones deberán disponer, además, de los siguientes equipos: a) Un receptor NAVTEX. b) Un equipo radiotelefónico bidireccional portátil de VHF. c) Un respondedor de radar de 9 GHz. --------------- utilización Canal 13 VHF: http://www.egmdss.com/gmdss-courses/...ew.php?id=2745 y unas ![]() |
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| barcelona, capitán, radio |
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