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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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#2
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Cita:
En aguas internacionles, únicamente lo pueden hacer si tienen sospechas fundadas de: Tráfico de armas Tráfico de drogas Tráfico de personas "Sospechas fundadas" implica que hay indicios que un juez podría considerar suficientes para iniciar una investigación. Eso es ,lo que recoge la legislación internacional según me comentó un Capitán de la M.M. También podrían hacerlo si se entra en aguas internacionales durante una persecución que se ha iniciado en el mar territorial (12 mn desde la costa). En el resto de casos, podrías denunciarlos por piratería o acto de guerra, si el ordenamiento jurídico del pabellón del barco así lo recoge. ¡¡¡Recuerda que un barco es territorio nacional del pabellón que enarbola y que es jurídicamente inviolable, salvo permiso concedido para subir a bordo por parte de su autoridad (el capitán... ,-)) .!!! ![]()
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Iñaki |
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#3
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Cita:
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Cedemont El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán" |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Cedemont | ||
teteluis (23-12-2011) | ||
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#4
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Pero si llevas pabellon español estas sujeto a las leyes españolas tanto si estas a una milla de la costa como si estas a 500, no?
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#5
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Cita:
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Iñaki |
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#6
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Ayer intente llamar a la federacion de vela donde te apuntabas para el examen del titulin y no contestaban ,ya que tengo curiosidad por que pasara con el borrador y a ver si podian dar algo de luz al tema
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#7
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No hay nada nuevo, verdad?
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