Para mi que no.
Creo que estas equivocado, pues en ninguna capitanía, le piden la titulación al armador para despachar el barco. Sino que le aplican la titulación MÍNIMA, para poder patronearlo, en función, de su eslora y potencia.
Otra cosa es que según el diseño, de la embarcación y dotada del preceptivo material de seguridad, se despache para una determinada zona, y ya depende de quien la patronee, sea consecuente y sepa hasta donde EL, y no la embarcación, puede navegar legalmente.
Es mas, parece ser que ahora ni eso, sino que TU, o quien sea el patrón en ese momento, decide que equipo de seguridad llevar, dependiendo de por donde vaya a navegar... insisto, parece ser, pues no he visto nada que legalmente autorice a esto.
De momento, mi barco navega con lo que me autoriza, conforme especifica mi actual documentación
