La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Antiguo 09-01-2012, 16:20
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

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Originalmente publicado por Garraf Ver mensaje
Buenas tardes a tod@s.
Perdonar mi ignorancia, pero en un tractor, donde van las banderas del armador, de cortesia del pais o invitado?
Van igual que en un velero. Fíjate en cualquier motora (o en el barco del Comité de Regatas de tu Club ). Si no lo llevas, has de habilitar un pequeño mastelero.
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Garraf (10-01-2012)
  #2  
Antiguo 09-01-2012, 18:12
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

Mi pregunta original creo que ya está contestada y me confirma: que si compro un barco usado extranjero y mantengo su bandera de origen puedo llevar la de mi país de origen, siendo el armador, en el obenque de babor, de manera permanente o cuando lo crea oportuno, reservando el de estribor para la del país que visito.

Puntos a confirmar:
Dentro de la Comunidad Europea ¿basta con poner la de la CE en el obenque de estribor como genérica para visitar los países componentes?.
Dentro de la Comunidad Europea ¿basta con llevar la de la CE en popa en lugar de la nacional?.
¿Si paso por aguas españolas, siendo español, con barco abanderado extranjero he de poner la de cortesía española en el obenque de estribor?.
Las banderas de comunicaciones (bandera "Q", etc.) ¿van debajo de la del país visitado? .
(Vamos a tener que hacer un manual de casos solo para este tema).
LSV.
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  #3  
Antiguo 09-01-2012, 19:13
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

La única bandera que has de mantener izada por imperativo legal (*) es el pabellón nacional. Mientras te muevas por aguas de la UE, las demás son de cortesía. Como es de cortesía -no obligatorio- decir buenos días al entrar en un sitio. Fuera de las aguas de la UE, mejor ser más puntilloso con este tema.

(*) Siempre que esté el capitán a bordo y desde el amanecer hasta la puesta del sol o las 20:00 (lo primero que ocurra). Dicho de otra manera: Con el barco en puerto en invierno no hace falta tener ninguna bandera a la vista.
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  #4  
Antiguo 10-01-2012, 00:04
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

Cita:
Originalmente publicado por enric rosello Ver mensaje
La única bandera que has de mantener izada por imperativo legal (*) es el pabellón nacional. Mientras te muevas por aguas de la UE, las demás son de cortesía. Como es de cortesía -no obligatorio- decir buenos días al entrar en un sitio. Fuera de las aguas de la UE, mejor ser más puntilloso con este tema.

(*) Siempre que esté el capitán a bordo y desde el amanecer hasta la puesta del sol o las 20:00 (lo primero que ocurra). Dicho de otra manera: Con el barco en puerto en invierno no hace falta tener ninguna bandera a la vista.
De donde sale esa normativa?
Salut!
Tupac Amaru
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  #5  
Antiguo 10-01-2012, 08:40
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

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Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
De donde sale esa normativa?
Salut!
Tupac Amaru
Por si a alguien le apetece aplicarlo a rajatabla, este es un extracto de la web de la Armada sobre el correcto izado y arriado de la bandera (voluntariamente aplicable a barcos de recreo).
La gran mayoría de normas escritas e interesantes costumbres sobre el uso de enseñas y pabellones en los barcos vienen de muy antiguo, pero no tienen categoría de ley ni hay un Reglamento Oficial que regule su uso más allá de lo dispuesto para la bandera nacional. A este respecto sólo hay el RD 2335 del 10/10/1980 y algunos flecos en otros RD de 1977 y 1955.

Ceremonia de izado y arriado de la Bandera

El izado y arriado de la Bandera, que se realizan solamente en puerto, marcan prácticamente el inicio y fin de la vida diaria a bordo; el izado a 08:00 h. y el arriado al ocaso del sol. La ceremonia de izado coincide generalmente con la del relevo de la guardia militar, pero se tratará aquí por separado, porque no es absolutamente indispensable que se celebren esos actos uno a continuación del otro, y, en realidad, se trata de dos ceremonias distintas.
No es preciso insistir en la importancia de las ceremonias de izado y arriado de la Bandera como homenaje a la Patria y a sus símbolos. No por ser la Bandera una modesta lanilla de colores representa menos que las lujosas banderas de combate o regimentales de seda, recamadas de oro, que se sacan en días de gala, rindiéndoles honores toda la tropa formada con armas y bayoneta calada. El tributo diario de acatamiento al símbolo de la Patria —dentro de los lógicos límites que la práctica impone— debe ser tan riguroso y solemne como aquél. Por ello, es muy recomendable que los Comandantes hagan lo posible por estar presentes en el izado de la Bandera. Con ello dan mayor solemnidad al acto y abrevian el subsiguiente relevo.
Izado.—Cinco minutos antes de la hora, por propia iniciativa o repitiendo la señal de la capitana o de la base, se iza la señal preventiva y, desde el puente, se da la voz de "Señales de la Bandera". La guardia militar forma y desfila a popa, marchando con armas al hombro y bayoneta calada por la banda de estribor, y queda formada en ala dando frente al asta (o en la formación correspondiente al relevo, si ambas ceremonias coinciden).
Simultáneamente dos timoneles, en perfecto estado de policía, traen la Bandera plegada, se descubren la cabeza y la envergan, no permitiendo que se desfalde y arrastre por cubierta.

Al picar la campana la hora de las ocho se hace lo siguiente:
  • Se arría la señal preventiva, lo que desde el puente se anuncia con la voz de "Presenten".
  • En toldilla se ordena "Atención" con corneta o pito y "Presenten" con corneta o a la voz.
  • La guardia o guardias presentan armas.
  • Uno de los dos timoneles en la driza y el otro sosteniendo en brazos la bandera, la izan lentamente, procurando el segundo timonel que ondee clara por encima del pasamanos, y tomando luego la cargadera hasta que quede afirmada besando la galleta del asta.
  • El contramaestre o contramaestres presentes en toldilla dan una larga pitada que debe durar todo el tiempo del izado.
  • Si se dispone de medios, se toca la primera estrofa del Himno Nacional, debiendo coincidir la última nota con el afirmado de la Bandera a tope.
  • Al quedar afirmada el corneta toca "Descansen" o el contramaestre pita "Retirada".
  • Entre los toques de "Atención" y "Retirada" todos los que se encuentren en cualquier lugar de la cubierta y no estén en formación, se ponen firmes dando frente a popa y saludan militarmente.
  • Se retira la guardia o se procede al relevo.
Arriado.—La ceremonia de arriado, que tiene lugar a la puesta del sol, es similar a la del izado. Si el arriado coincidiese con alguna visita o recepción a bordo, a la voz de "Señales a la Bandera" se indicará cortésmente a los visitantes que se encuentren en cubierta que se pongan de pie en posición respetuosa y en silencio, dando frente a popa hasta que termine la ceremonia, explicándoles su significado.
Todas las embarcaciones menores que naveguen por las inmediaciones durante estas ceremonias, paran, largan escotas en banda o arbolan remos, las dotaciones adoptan la posición de firmes y el patrón saluda dando frente a la bandera más próxima.
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teteluis (19-05-2012)
  #6  
Antiguo 10-01-2012, 09:13
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

A ver ,
Si se trata de un barco extranjero , por mucho que el dueño sea español , tienes que enarbolar la bandera del barco a popa , a estribor la bandera española , bajo la cruceta , a babor , lo que te gusta , nota , se podrá aprovechar la misma driza que la bandera española ( la de cortesía , esta vez del barco hacia España ) para colocar la bola de fondeo .
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LSV (10-01-2012)
  #7  
Antiguo 10-01-2012, 11:37
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

Así, en mi caso, barco extranjero y armador español, quedaría así:
- La bandera del barco a popa.
- La bandera de España, de cortesía a estribor.
- Cualquier otra bandera, ya sea CE, Com. Autónoma, visitante extrajero, del armador, o la de LTP, a babor.
LSV.
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  #8  
Antiguo 10-01-2012, 13:09
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Predeterminado Re: ¿Cómo llevar la bandera del armador?

Despues de leeros creo que acabaré en la carcel. Me explico:

Yo siempre charteo, y muchas veces no tienen pabellón. Por eso empecé llevando 'mi pabellon', que con el tiempo he ido ampliando con otras banderas (lo reconozco, se parece a los altares de los toreros). Incluye las siguientes banderas en la linea (de arriba a abajo), y lo pongo en el obenque de estribor.

.- Bandera nacional
.- Bandera de la autonomía por la que navego
.- Bandera de Suiza -solemos navegar con un suizo-
.- Banderín de LTB
.- Uno de una bruja, por la almiranta



PD: la normativa que yo conocia era la de defensa, y no habla de las distinciones que mencionais: solo indica el tamaño, y que si se iza las de cortesia debe estar izada la nacional.

http://www.armada.mde.es/ArmadaPorta..._uso_abordo_es

Artículo primero.–Todos los buques y embarcaciones nacionales, mercantes, de pesca, deportivos y de recreo, de servicios portuarios, así como los artefactos flotantes, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, enarbolarán, como único pabellón, la Bandera de España.

Artículo segundo.–

Uno. Se reservará el asta de popa y el pico del palo mayor para la Bandera de España.

Dos. Ninguna otra bandera ni enseña podrá permanecer izada si no lo está el Pabellón nacional, y sus dimensiones nunca serán superiores a un tercio del área de éste.

Artículo tercero.–Las banderas y enseñas reconocidas en los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán izarse en puertos nacionales y aguas interiores, pero siempre al mismo tiempo que el Pabellón nacional y con el tamaño que se determina en el artículo segundo.

Artículo cuarto.–Los buques están obligados a izar el Pabellón nacional a la vista de buque de guerra o fortaleza, a las entradas y salidas de puertos, y, en éstos, de sol a sol, en los días festivos y cuando así lo disponga la autoridad competente. Estarán igualmente obligados a izar el Pabellón nacional cuando así lo requiera la costumbre internacional o las disposiciones aplicables en espacios marítimos sometidos a jurisdicción extranjera.

Artículo quinto.–Las infracciones que se cometan contra lo dispuesto en el presente Real Decreto quedarán sometidas a lo establecido en la Ley Penal y Disciplinaria de la Marina Mercante de veintidós de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco o a la Ley ciento sesenta y ocho/mil novecientos sesenta y uno, de veintitrés de diciembre, según corresponda.
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