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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#3
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Hola Polen.
Me pasa lo mismo que a Woqr, no entiendo lo que quieres decir. De todas maneras te comento un poco como va este tema. Esto son concesiones administrativas, y la concesionaria es la empresa que lleva el puerto. Ustedes dos van a las oficinas del puerto, donde el te firma un contrato en el cual te cede el derecho de uso y disfrute de la concesión, es decir, del atraque. Ellos deben rubricar el contrato. En ese momento tu te haces responsable de todas las obligaciones y derechos de ese atraque. ¡¡¡Ojo!!! Es posible que la concesionaria exiga el pago de las deudas pendientes antes de la firma del contrato. Un saludo y suerte
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