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  #8  
Antiguo 30-01-2012, 12:54
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Sobre amarres con deuda

OK corrígeme si me equivoco: el hecho de poner una parte de tu barco a nombre del dueño del amarre, es precisamente porque el puerto exige que el titular del barco (o parte de él) sea el mismo que el titular del amarre, no ?? De ser así, entiendo esa transferencia de titularidad (del barco), pero aún así me parece demasiado complicado y muy poco claro.

Yo optaría por poner las cosas en su sitio y transferir directamente la propiedad el amarre al nuevo dueño, asumiendo el precio pactado (con deuda o sin ella) y aquí paz y después gloria.

En mi puerto por lo menos, el titular de un amarre puede alquilárselo ,vendérselo y/o ceder su uso a quien le de la gana, y la concesionaria no tiene ninguna capacidad de interferencia sobre dichas actividades (por lo menos que yo sepa).

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