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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Por favor vayamos contestando todas las preguntas y meto el dedo en una de ellas. El PPER a lo mejor no puede firmar las practicas de vela para PNB y PER pero si puede dar clases de vela en su barco actuando este como buque escuela y ademas cobrar por ello ![]()
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Cedemont El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán" |
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#2
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Cita:
Eso está reservado para titulados de INEF/ FP de segundo grado y primer grado de esa especialidad (monitores de vela) y otros títulos especificados, poque hay una ley del deporte que exige titulación para organizar actividades colectivas en las que esté implicado un deporte y cobres por ello (*) y creo que, incluso, sin cobrar...! ![]() Esta ley se aprobó, hace años, tras un accidente en el que murieron varios niños ahogados en un campamento de verano, atendido por monitores de ocio "amateurs" (entonces no había ninguna regulación). En Andalucía y resto de comunidades, no tengo ni idea de si existe una norma similar o no, pero miraría por si acaso... ![]() ![]() (*) Creo que, hoy, ya ni siquiera los títulos de Monitor de la Federación Catalana de Vela son válidos si no tienen la FP correspondiente o no los han convalidado con esos nuevos títulos... Con lo que se ha creado un vacío legal para muchos que tenían un titulo federativo de iniciación, pero no superior, que son los que se convalidan con el actual de FP...! ![]()
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Iñaki |
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#3
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Cita:
. No hay ninguna ley que lo prohiba. Por ejemplo, en vez de hacer un day charter en toda regla lo haces pero actuando como instructor. Tu eres el capitan...y como si les das clases de cocina a bordo...me egplico? como diria Bono..![]()
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Cedemont El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán" |
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#4
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Ya! Si estamos en lo de siempre... Pasa algo y el seguro se agarrará a un clavo ardiendo para no pagar... Ya me entiendes...!
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Iñaki |
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#5
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Si se puede, te pueden alquilar el barco y le das las clases que tu quieras, hasta ahí todos de acuerdo, pero queda claro:
a) Puedes emitir certificado que tu alumno ha recibido clases de vela o lo que sea, pero no le servirá ese certificado para nada. b) Volvemos a la problematica anterior, no puedes alquilar el barco con tripulación y tu solo (PPER) a bordo, por lo menos aquí en Málaga. Y por supuesto, si existe algún siniestro, el seguro haría lo que dice Iñañi, el muy sin vergüenza, ![]() ![]() |
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#6
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Cita:
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Cedemont El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán" |
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#7
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Cita:
![]() ![]() ![]() Iñaki ![]()
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Iñaki |
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