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  #1  
Antiguo 26-02-2012, 00:17
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Bandera Britanica

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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
En la mayoría de países, los barcos de recreo NO se matriculan, incluso en España, los barcos destinados a regatas de cualquier eslora TAMPOCO es necesario matricularlos.

Confundes ABANDERAR con MATRICULAR , y no es lo mismo.
Para mí siempre ha sido una duda cual era la diferencia entre matricular y abanderar. Podrías explicarlo?
Saludos
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  #2  
Antiguo 26-02-2012, 00:36
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Bandera Britanica

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Originalmente publicado por tradixabia Ver mensaje
Para mí siempre ha sido una duda cual era la diferencia entre matricular y abanderar. Podrías explicarlo?
Saludos
Pues eso, abanderar es que tenga la bandera de 1 país, o dicho de otra forma que ese barco se someta a legislación de su bandera.

Y matricular, es. matricular, o sea, tener 1 matrícula

Ejemplos varios (sin salir de España):

-No puedo tener 1 barco "apátrida" o sin bandera, es ilegal según leyes internacionales.
-Puedo abanderar en España y NO matricular, hay varios suspuestos, desde la lista 9ª, pasando por los barcos de regata pura o barcos que no han navegado nunca.

Y todo esto NO hay que confundirlo con el registro de la propiedad del barco, que es otra cosa.
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  #3  
Antiguo 27-02-2012, 08:56
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Bandera Britanica

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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Pues eso, abanderar es que tenga la bandera de 1 país, o dicho de otra forma que ese barco se someta a legislación de su bandera.

Y matricular, es. matricular, o sea, tener 1 matrícula

Ejemplos varios (sin salir de España):

-No puedo tener 1 barco "apátrida" o sin bandera, es ilegal según leyes internacionales.
-Puedo abanderar en España y NO matricular, hay varios suspuestos, desde la lista 9ª, pasando por los barcos de regata pura o barcos que no han navegado nunca.

Y todo esto NO hay que confundirlo con el registro de la propiedad del barco, que es otra cosa.
Vale, me has aclarado algo.
Entonces, a raiz de todo lo que últimamente venimos leyenco. Por ejemplo, estoy contemplando la posibilidad de comprar un barco en Francia, y según creo puedo no matricularlo en España somentiendome a las leyes de Francia, o de Bélgica o del país donde lo compre. En ese caso, legalmente puede seguir el barco matriculado y abanderado en el país donde lo compre? Es decir, pagando -según creo- el impuesto, que al parecer he de pagarlo en España, ni abandero ni matriculo en España.

Es correcto y legal lo que expongo?

Gracias de antemano
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  #4  
Antiguo 27-02-2012, 11:25
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Bandera Britanica

Totalmente correcto y legal. Declararlo a hacienda, en su caso pagar el impuesto o que te digan que está exento de pago, y sometimiento a la normativa del país de bandera. No te olvides que por ejemplo en Francia hay que pagar un impuesto por eslora anualmente, para unos 12 metros son unos 300 euros.
Suerte la tuya...
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  #5  
Antiguo 27-02-2012, 15:53
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Originalmente publicado por kuovadix Ver mensaje
Totalmente correcto y legal. Declararlo a hacienda, en su caso pagar el impuesto o que te digan que está exento de pago, y sometimiento a la normativa del país de bandera. No te olvides que por ejemplo en Francia hay que pagar un impuesto por eslora anualmente, para unos 12 metros son unos 300 euros.
Suerte la tuya...
También depende de la antiguedad. Ejemplo:
FIRTS 42 del 81 paga 96€.


Saludos.
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  #6  
Antiguo 28-02-2012, 13:47
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Predeterminado Re: Bandera Britanica

BIen. Sigamos si queréis, profundizando en el contenido del hilo.

* Sabemos ya que que podemos comprar un barco de bandera Británica y que podemos permanecer con esa bandera indefinidamente pagando en España el impuesto correspondiente.
Una vez que sabemos que aqui no nos va a dar garrote (sólo el impuesto del 12% si la eslora de de mas de 8 metros -que ya es un buen palo- )

* Sabemos que en UK se permite que un Español puede abanderar el barco allí en el registro Part 1. residiendo fuera de UK

. Mi pregunta, para seguir rellenando huecos, es:

1) Qué documentación se debe pedir al vendedor para tener la seguridad de que cuando llegue el momento no vamos a tener problemas con el registro en UK.

2) Qué documentos debe tener el comprador para que ese registro llegue a buen fin.

2.1 Se ha hablado de un título de operador radio que se saca alli.
¿Hay alguna titulación que se pueda sacar en españa y que sea equivalente a la que alli solicitan para pedir la autrizacción del VHF?
qué titulo y donde se puede obtener?


Ahi va... ya queda menos.
saludos,
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  #7  
Antiguo 28-02-2012, 18:55
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Predeterminado Re: Bandera Britanica

La autorización de radiofrecuencia es internacional, puede ser el CRR internacional o el de radioaficionado si el buque no se dedica a fines comerciales y no excede de cierta eslora. Mira la página que dió otro cofrade RYA.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kuovadix
omis (29-02-2012)
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