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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Creo visto lo visto que cada uno haga lo que crea conveniente. He de decir que mi certificado es de la capitanía de Barcelona, he de decir que hice la pregunta y la respuesta fué lo de la declaración responsable. He de decir que no entiendo lo de la base de datos, no tiene ninguna lógica por ningún lado a mi parecer. Lo que va a misa es lo que aparece en los papeles que te libran que son los que te autorizan o no a navegar por una zona o por la otra, y eso sin poner en duda lo que una sabia funcionaria pueda afirmar. Sigo diciendo, que si se lleva el material de seguridad al dia adecuado a la zona en la que se navega, si es demostrable que llevas ese material de seguridad por una u otra forma, si llevas la titulación, si tienes seguro, navegas de acuerdo a la legislación actual. Diga lo que diga la funcionaria de turno, o quien lo diga. Capitanía es único organismo que puede determinar porque zona ha de navegar un buque, no una empresa concesionaria de una inspección, y capitanía de acuerdo a la nueva legislación determina las zonas de navegación de acuerdo a la construcción del buque. Los equipamientos de seguridad de una zona han de estar en regla en el momento en que navegas en una zona, no en el momento de la inspección, y los elementos que hay que dar de alta, lo mismo. Puede que el dia de la inspección no tengas balsa y al cabo de 4 años si tengas balsa, te aseguro que vas legal y nadie sancionará.
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#2
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O sea los que tienen barcos con menos de 6 m de eslora, y por lo cual isentos de pasar las ITB están de maravilla en sus zonas de navegación maximas.
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#3
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Si llevan el seguro en vigor, la balsa, la radiobaliza, el VHF el transpondedor o VHF portatil, botiquín adecuado a la zona, la pirotécnia adecuada a la zona, el material interior como balde de achique, etc pues va adecuado a la zona de navegación correspondiente. Es que aquí en éste país parece que queramos que nos den. La legislación actual está clarísima y todo lo que se está creando son polémicas estériles. Los barcos pasan una inspección técnica de su estructura y flotabilidad con un material mínimo de seguridad para zona mínima. Cada barco tiene un certificado avalado en una capitanía que lo autoriza para una zona determinada de navegación. Cada zona de navegación tiene un material de seguridad obligatorio para poder navegar, y así mismo cada zona tiene un material electrónico de comunicaciones obligatorio para navegar por esas zonas. Cuando un barco navega por una zona el armador sabe que el capitán o patrón de dicho barco tiene que llevar todos los papeles del barco en regla (iTB, seguro...) y tiene que tener todo el material de seguridad y comunicaciones en regla.
Cuando hay una inspección por los representantes habilitados de un organismo responsable, el capitan o patrón de dicho barco ha de presentar los papeles en vigor y los elementos de seguridad de la zona en que se encuentra navegando. Bien ahora, venga a buscar si se llegó a la luna o no. |
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#4
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Además la Guardia Civil ya se encargará de hacerte una ITB cada vez que te aborde para verificar si tienes todo el material necesario o no, no hace falta que te la haga el inspector
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#5
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Hola, buenas noches:
Me habéis preguntado en otro hilo por mis gestiones en la próxima ITB que tengo que pasar. Hoy he hablado con el inspector y espero verlo en los próximos dias para concretar zona, material, etc. Veremos por donde salen. Os mantendré informados de todas las gestiones, faltaria más. un saludo Joan |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a joan | ||
Palo-Palo (03-03-2012) | ||
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#6
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Hola Joan,
Me gustaría saber a que Zona de navegación quieres cambiar y en que Capitanía vas a tramitar la documentación. Muchas Gracias ![]() |
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#7
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Gracias Joan.
A ver que "piruetas" te piden hacer ![]() ¿En qué capitanía lo tramitas? ![]() |
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#8
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La verdad es que no entiendo que parte del cuento no entendeis. Para mi sin ánimo de molestar no es tan difícil. Antes había que llevar el material de seguridad de la zona donde lo tenías. Si mi barquito lo tenía en zona 3 y salía un dia a darme un chapuzón a la cala de al lado, tenía que llevarlo todo. Lógico que el inspector en la ITB hiciera la oportuna inspección. Ahora eso no es necesario, el barco tiene una zona otorgada por construcción del barco. En caso de inspección se mira la estructura del barco. Si es inspección de la GC pues tienes que llevar lo adecuado a la zona. No tiene sentido, pues otorgar ninguna zona. No es tan difícil de ver.
Por poner un ejemplo similar, si voy con mi coche por autopista y me paran no me piden cadenas. Si voy por un puerto de montaña nevado, si no llevo cadenas no paso. En fin... |
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#9
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Cita:
Ahora hace falta que los inspectores ITB lo interpreten de esta forma. En Capitanía Valencia me lo explicaron tal cual tú dices. Parece ser que hay Capitanías que aún no se han puesto al día. A ver que nos cuenta el cofrade Joan. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Palo-Palo | ||
ddelgrac (03-03-2012) | ||
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#10
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Buenas Kuovadix,
Todos nosotros lo interpretamos como tu dices, y nos gustaría que en Barcelona tanto los inspectores de ITBs como en Capitania de Barcelona tuvieran la misma interpretación, pero por desgracia o no se han puesto al día o siguen con su interpretación. Al final como usuarios, vamos a un sitio y si nos dices que sin esto no lo puedo pasar, tengo dos opciones o discutir o traer el papelito que me piden. La otra opción me la he dejado ![]() Esperemos que otros cofrades nos aporten su feedback personal, y vamos analizando por donde van los tiros. ![]() |
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#11
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Cita:
En mi última ITB me pasó un caso curioso, pues el Sr. Inspector quería imponer un criterio, que yo tenía muy claro que no era así. Le dije que lo mirase bien y si quería cobrar, ya sabía lo que tenía que hacer. ¡¡Y tanto que lo hizo!!. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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