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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#4
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Usa el buscador.
Y piénsate si cambias de bandera. Como dice negus, si tiene marcado CE no es tan complicado cambiar de bandera. O no debiera serlo. Y negus lo ha expresado muy bien y divertidamente. Lo único que hay que tener en cuenta es que, desde el 1 de enero de 2011, no es obligatorio abanderarlo en España. Sí pagar el impuesto de matriculación (el 12%) si tiene más de 8 metros. Si es de menos, está no sujeto/exento. Y por si acaso, conviene presentar/solicitar la no sujeción (que es el modelo ... no me acuerdo). El ITP sí tendrías que liquidarlo en cualquier caso (suponiendo su uso en aguas españolas). Hay hilos que hablan de lo que pide o no Francia. Creo que el único punto en discusión es el título del patrón. Pero si vas a navegar sólo en aguas españolas, tampoco será mucho problema. Para navegar en el equivalente a zona 5, lo que pide la legislación francesa (para el barco) es muy poquito. Para equivalente a zona 4 o superior, pues según la zona. Pero considera una balsa obligatoria en cualquier caso, que tienes que llevar si planeas navegar a más de 5 millas de la costa. Insisto, usa el buscador. Yo me lo pensaría (opinión absolutamente personal y sin garantía )![]() ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo Editado por otoio en 01-03-2012 a las 17:51. |
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