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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
El lío lo tengo ahora con la Licencia de Navegación (librito verde). Estoy pendiente de que me modifiquen la nota donde indica la zona de despacho. De momento no me han pedido ni ITB ni documentación de la balsa, estoy pendiente de recogerlo en Capitanía. Ya veremos... ![]() |
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#2
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Otra duda que tengo, ahora con el seguro.
![]() ![]() ¿Hay que notificar el cambio de zona? He estado mirando la póliza y no aparece por ningún lado la zona de despacho de la embarcación. ¿Vosotros habéis hecho alguna modificación en la póliza del seguro? A la compañía de mi seguro no les he comunicado nada, tengo claro que si les llamo para hacer la consulta me van a intentar colar un gol... ![]() |
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#3
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Cita:
Es un trámite sencillo, que puedes realizar en cualquier Capitanía (previo pago de sus tasas, claro). En el PERMISO DE NAVEGACIÓN, se recogen los mismos datos que en el certificado de navegabilidad, de modo que, si en tu certificado aparece la categoría de diseño y no la zona de navegación, el P.N. reflejará lo mismo. En cuanto al seguro, léete bien la póliza a ver si tiene alguna limitación a la navegación, o tu declaraste la navegación en una zona determinada. Si es así, deberías camabiarlo; si no, entiendo que es válido siempre que estés cumpliendo con la normativa. Saludos. ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a John river | ||
Palo-Palo (09-03-2012) | ||
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#4
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Efectivamente. Me comentaron en Capitanía que el Permiso de Navegación sustituye a la Licencia de Navegación (libro verde), pero que sólo me cambiarán uno por otro en caso de producirse alguna modificación en la hoja de asiento
![]() .Mientras tanto, a funcionar con el librito verde (no acabo de asimilarlo, pero hay veces que es mejor no preguntar más...) Referente al seguro, he leido toda la póliza (condiciones generales y particulares) y no he encontrado nada que haga referencia a la zona de navegación. Entiendo que no tengo que notificar el cambio. Un saludo ![]() ![]() |
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#5
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Cita:
Saludos ![]() ![]() |
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#6
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Actualizo información.
Acabo de realizar los últimos trámites en Capitanía. Me confirman que ya "lo tengo todo en regla", aunque siguen sin aclararme algunas cuestiones... 1.- Tengo el nuevo Certificado de Navegabilidad. No aparece la zona de navegación ni inventario de material de seguridad, sólo categoría de diseño de la embarcación, hasta aquí todo OK. 2.- Tengo nueva LEB donde me incluyen la radiobaliza. En este documento SI indica la zona de navegación de la embarcación, en mi caso zona 3. ![]() . ¿Por qué detallan una zona de navegación en la LEB?, para mí no tiene sentido...3.- No tengo Permiso de Navegación, yo todavía tengo la Licencia de Navegación (librito verde): aquí había una anotación en el despacho que indicaba 10 tripulantes para zona 4. Tras media hora de conversación con el funcionario de "Despachos", me ha incluido (con muchas dudas y por mi insistencia) una anotación en la que dice: "DESPACHOS, Se despacha con...(ver certificado)...tripulantes, incluido el Patrón, para...(ver certificado)..., dentro de los límites del nombramiento del patrón." ![]() Me ha despachado haciendo referencia al Certificado de Navegabilidad donde NO aparece la Zona de Navegación![]() . El funcionario me ha recomendado sustituir la Licencia de Navegación por el Permiso de Navegación. ¿Alguien tiene este documento, indica la zona de navegación? si es así, creo que hay que ir equipado según la zona que indique el Permiso, independientemente en qué zona te encuentres....![]() ![]() 4.- Para realizar todos estos cambios NO me han pedido ITB adicional. ![]() ![]() Les insisto en mi duda: "Estando a 4 millas de la costa, ¿necesito llevar la balsa a bordo?". Hasta la fecha no he obtenido una respuesta clara, todo es "yo creo, yo pienso, en mi opinión....", pero ¿esto qué es, quien nos tiene que informar de forma vinculante para no ir con el culo apretao cuando nos cruzamos con la GC? Lo dicho, me confirman en Capitanía que "lo tengo todo en regla", pero a mí me queda una sensación rara... Ahora mismo navego sin balsa salvavidas, pero nunca me alejo más de 12 millas. En breve cruzaré a Baleares, entonces alquilaré una balsa (en mi caso sale más económico alquilar un par de veces al año, que revisar mi balsa cada año )Bueno, y luego me toca la Revisión Periodica ITB (en el año 2014), espero que la cosa esté más clara para entonces... ![]() ¿Por qué lo harán tan complicado?Voy a parar ya, esto demasiado para mi... ![]() ![]() |
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#7
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Pues, he solicitado a dos empresas de ITBs de la Zona de Barcelona que me digan si para que me den el certificado conforme he pasado la ITB adicional, puedo hacerlo sin balsa.
Por desgracia, en Capitanía de Barcelona si que te piden la ITB para pasar a Zona 2. Por lo que veo, en Valencia tienen otras leyes. Luego dicen que no entremos en política entre comunidades ... pero es que la cosa tienen tela. ![]() Entre cofrades, que haya paz y que corra el Ron. ![]() |
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#8
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Entonces si pido un nuevo certificado de navegabilidad, "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos de aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones, según la legislación vigente", ¿que quiere decir lo de "categoría de diseño?
Saludos
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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