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  #1  
Antiguo 20-03-2012, 14:37
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Predeterminado Re: Normativa sobre remolques

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Originalmente publicado por mareton Ver mensaje
Ligero y no ligero el limite es 80 Km./h.
Ligero 90kmh en auvías y autopistas, no es que sea mucho más

«1.a) Para automóviles:
1.º En autopistas y autovías: turismos y motocicletas,
120 kilómetros por hora; autobuses, vehículos
derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables,
100 kilómetros por hora; camiones, vehículos
articulados, tractocamiones, furgones y automóviles
con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 kilómetros
por hora; restantes automóviles con remolque,
80 kilómetros por hora.

fuente:

http://www.boe.es/boe/dias/2006/09/0...1673-31676.pdf
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3 Cofrades agradecieron a jiauka este mensaje:
erchirri (10-05-2013), JRPZ (16-04-2012), mareton (20-03-2012)
  #2  
Antiguo 21-03-2012, 09:31
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Predeterminado Re: Normativa sobre remolques

Yo tengo un remolque de dos ejes y 1300 con freno de inercia y en la ITV me lo tienen como para transporte de mercancias y ahora al cumplir los 6 años me obligan a pasarla cada 6 meses, ¿esto es normal o existe la posibilidad de tenerlo para uso particular en vez de para mercancias? la verdad es que lo uso muy poco y aunque tiene 6 años esta nuevo y me parece una barbaridad tenerlo que llevar cada 6 meses a la ITV, por el gasto y por que lo utilizo de carro de varada y lo tengo cargado mas de 6 meses en invierno con lo que tendria que bajar el barco pasar la ITV y volver a cargarlo, menuda movida.

Saludos
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  #3  
Antiguo 23-03-2012, 09:06
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Predeterminado Re: Normativa sobre remolques

Hola,
¿nadie sabe algo sobre si se puede cambiar de uso el remolque y así aumentar lo de la ITV a un año en vez de cada 6 meses?

Saludos
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  #4  
Antiguo 23-03-2012, 10:57
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Predeterminado Re: Normativa sobre remolques

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Originalmente publicado por josanvall Ver mensaje
Hola,
¿nadie sabe algo sobre si se puede cambiar de uso el remolque y así aumentar lo de la ITV a un año en vez de cada 6 meses?

Saludos
En el mío pone: Clasificación: 4100 REMOLQUE PORTA EMBARCACIONES

y pasa la ITV cada 2 años, pero aún no ha llegado a los 6.

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josanvall (24-03-2012)
  #5  
Antiguo 23-03-2012, 14:36
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http://img109.imageshack.us/img109/6816/docremolque.jpg

Esta es la documentación de mi remolque.
Imagino que pasado cierto tiempo tambien tendrá ITV cada poco tiempo. Pero de momento lo desconozco.
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josanvall (24-03-2012)
  #6  
Antiguo 23-03-2012, 22:06
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Predeterminado Re: Normativa sobre remolques

Lo primero .

Un remolque es un vehículo para el transporte de mercancías, si su MMA (masa máxima autorizada) es menor a 3500 Kg pasa ITV cada 2 años hasta los 6 de antiguedad, anualmente hasta los 10 y cada 6 meses con más de 10 años de antiguedad. Da igual que lo tengas para tu uso particular o para servicio público.
Así que te toca pasar ITV cada seis meses, no te queda otra.
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josanvall (24-03-2012)
  #7  
Antiguo 24-03-2012, 11:49
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Predeterminado Re: Normativa sobre remolques

Gracias a todos por las contestaciones, me equivoqué en cuanto a la cadencia, es verdad que ahora a los 6 años es cada año, lo que me iba rondando desde que la pasé hace unos meses es lo de cada 6 meses cuando cumpla los 10 años, pero lo acabo de mirar en la etiqueta de la ITV y es así, en cualquier caso seguía teniendo la duda de si se podía cambiar la utilización del remolque, pero veo que no hay tu tía.
Saludos
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