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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buena pregunta, que tendremos que ir mirando donde lo sacamos.
Por cierto, y ya que hablamos del tema de los certificados, a ver si entre todos sacamos algo en claro de una duda que se me plantea después de releerme varias veces la Resolución de 15 de diciembre. Según leo, y a mi entender, los certificados necesarios para el pper son: 1- Formación Básica 2- Sanitaria 3- Operador restringido de radio u operados general de radio y 4, y ahí viene mi duda, - básico de pasaje o ro-ro y pasaje. Si alguien lo tiene todo sacado y lo puede aclarar sería todo un detalle, y si no habrá que hacer las consultas oportunas. Más que nada, lo digo porqué el básico de pasaje es más "simple" y corto que el ro-ro y es más que suficiente por atribuciones, y me parece exagerado sacar uno superior a lo estrictamente necesario. El día que los que redactan las leyes sean capaces de escribir de una manera clara, se le acabará el curro a los abogados caros y a los jueces. |
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#2
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[quote=Samaruch;1262435]
Más que nada, lo digo porqué el básico de pasaje es más "simple" y corto que el ro-ro y es más que suficiente por atribuciones, y me parece exagerado sacar uno superior a lo estrictamente necesario. quote] Entre los dos, con el Básico de Pasaje es suficiente. Yo tengo éste y no es necesario obtener el RO-RO para solicitar el PPER. (Si además quisieras trabajar como marinero de puente en algún buque de transporte rodado, entonces si te resultaría imprescindible). ![]()
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Iñaki |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Iñaki/Sinvergüen | ||
Samaruch (29-03-2012) | ||
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#3
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Gracias Iñaki por la información. Por lo que veo aun se leer textos legales
![]() ![]() ![]() .Y cambiando de tercio, hace un rato me he llevado un buen susto, que al final se ha quedado solo en eso, ya que el tema no afecta a lo que respondimos ni al examen que se puso este sábado. De todas maneras, voy a contarlo, para que los futuros estudiantes de PPER ya estén sobre aviso. Resulta que, como ya hacía días que no pasa por la web del BOE que me había acostumbrado a mirar todos los días para ver si se publicaba o no la corrección de errores de la famosa resolución de 15 de Diciembre con el temario mal puesto, he entrado hace un rato, y me he llevado el susto al ver que hoy se había publicado una corrección de errores al decreto que modificaba el anterior en cuanto a la organización del Ministerio de Fomento. Así que viajando en el tiempo, he visto que el pasado 6 de marzo, se publicó, y entró en vigor ese mismo día, la nueva organización del Ministerio de Fomento, por lo que podría haber alguna modificación en cuanto a la organización de la Administración Marítima, o sea, el tema 2. Por suerte, lo que viene a decir es lo mismo que el anterior, solo que para que no sea igual del todo, han contado algunas cosas de manera distinta y lo han puesto en el artículo 8, en lugar del 9. Os dejo el enlace de la página del BOE donde se encuentra el nuevo Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Por mi parte, espero no tener que volver a leerme estos BOE, ni los futuros, nunca más. |
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#4
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A mi despues de tanto estudiar esto me esta dando una alerrrrrgiaaa, que no pienso ni mirar ni tocar un solo papel hasta que salgan las notas oficiales el dia 13... si apruebo que corra el cava!!
![]() ... i si no... pues hasta finales de agosto paz ![]() ... y a partir de alli... arrancada y a tope hasta octubre de nuevo...![]() Saludos |
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#5
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Tines dos años para presentar esto:
b) Justificante del pago de la tasa de expedición de certificados de especialidad, Modelo de impreso 790, Código 028. Se podrá hacer el pago telemático de la correspondiente Tasa, por derechos de emisión del certificado, a través de la Oficina virtual del Ministerio de Fomento: c) Copia del documento en el que conste que se ha superado el reconocimiento médico de embarque marítimo realizado por el ISM. d) Copia del título de Capitán de Yate. e) Declaración responsable, sobre la navegación, prevista en el apartado 1.b) de la disposición adicional quinta del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio. f) Declaración responsable de tener en vigor el certificado de Formación Sanitaria, el certificado oficial de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, el de formación básica y el básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro. ![]() |
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#6
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Pero que calladitos estáis todos !!
Bueno imagino que estáis a la espera del día 13. Os deseo lo mejor. Yo finalmente no he podido presentarme, pero a la próxima seguro que voy. Bueno, mientras espero vuestros comentarios de las preguntas, voy a echar un ojo a vuestro examen para ponerme al día. Ojala mejoren los aprobados, eso será motivante para los que vamos detrás. Si alguien sabe de cursos ro-ro etc por la zona de Murcia o Alicante que diga algo, ando detrás de hacerlos....poco a poco Una ronda para todos y felicidades a los aprobados
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La salida del sol me encantaría, si fuese a horas mas razonables
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#7
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Cita:
Hay una calma tensa en el ambiente "PPER", se han debatido las posibles respuestas correctas, algunas de ellas seguirán quedando en duda ya que hasta la fecha, la DGMM no publica las respuestas correctas. Mañana jueves por la noche, a partir de las 00:01 horas es muy posible que vuelquen las notas y... ¡sorpresa, sorpresa...! Un cordial saludo, Javichi ![]() |
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