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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Te ha llegado por correo????, estoy empezando los tramites de abanderamiento en Begica y me interesa. Un saludo y ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Furia332 | ||
Magallanes (16-06-2012) | ||
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#2
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Aldebaran...Britanica..
Por cierto ya he sido denunciado por la GC. que enviaron denuncia a Capitania Maritima y a Aduanas...Afortunadamente Sobreseída por ambos Estamentos, al tener el impuesto de matriculación liquidado (OJO en plazo) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a aldebaran431 | ||
KIBO (10-04-2012) | ||
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#3
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Bueno pues nosotros ya estamos estudiando el tema, solicitando documentación.
Creo que de aquí a nada nos cerraran el grifo, seguro, así que cuanto antes mejor.
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En paz. |
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#4
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aldebaran431, te he intentado poner un privado, pero tienes el correo lleno y no admite más mensajes.
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#5
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Lau, con bandera holandesa.
Muchas gracias por este hilo, porque mi bandera holandesa ya venía con el barco y no conozco demasiado de la nueva ley ni del pabellón holandés. ¡Casi tramito la española! ![]() |
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#6
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Hola cofrades!!!
Unas birras para todos. Tengo en mi ketch , bandera Holandesa Saludos |
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#7
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jotecu bandera belga..y acojonao. Podeis explicar lo de la normativa nueva y como me afecta y que necesito en caso de que me paren?
Gracias!! |
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#8
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Cita:
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"Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.
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#9
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Hola a todos:
De sobra conocéis mi opinión en el tema de las banderas extranjeras, la DA1, la obligación de registrar, matricular y abanderar en España y sobre la política permisividad/vista gorda que anterior gobierno tuvo en este asunto, por motivos políticos, pese a no haber cambios en la legislación. Recordemos que había incluso una “circular” sobre este tema, que algunos pudimos ver, aunque creo que nadie consiguió una copia. Parece, por la información que va llegando, que la mayoría de los países te exige nacionalidad o residencia para poder abanderar, aunque en algunos es fácil “colarsela”. Aunque la administración Española parta de la presunción de que un barco tiene bandera extranjera porque la ha obtenido legalmente, tiene en sus manos (bases de datos) la información sobre quien es el propietario de cada embarcación y cual es su residencia (Padrón, I.R.P.F. Seg. Social, contratos de trabajo etc.). Por lo que podría, con relativa facilidad, ponerse a regularizar estos casos, como pasó en su día con la “Lista 6ª”. El Real Decreto Legislativo 2/2011 que recoge la normativa sobre Puertos del Estado y Marina Mercante y es aplicable, parcialmente, a la náutica de recreo, ahí va el enlace: http://noticias.juridicas.com/base_d...leg2-2011.html Entre las infracciones graves, que sabemos que pueden sancionar con multas importantes, os copia parte del art. 307: 3. Infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo: a. El incumplimiento de las normas vigentes sobre el uso en los buques del pabellón nacional o contraseñas. b. Navegar los buques sin llevar el nombre, número OMI y folio de inscripción reglamentaria cuando proceda. c. La carencia, deterioro o inexactitud grave de la documentación reglamentaria del buque. f. Incumplir las normas reglamentarias o las instrucciones de las Capitanías Marítimas sobre régimen y tráfico de embarcaciones, incluso de recreo o dedicadas a cualquier uso, y sobre el empleo de todo artefacto cuya utilización pueda significar riesgo para la navegación o para las personas. g. Incumplir las normas sobre despacho de buques y embarcaciones o sobre enrolamiento de tripulaciones y régimen del rol ante las Capitanías Marítimas y oficinas consulares. h. El ejercicio de las industrias marítimas a flote incumpliendo las normas sobre inscripción marítima, así como la falta de libreta o de cualquier otro documento o requisito reglamentario exigido para el ejercicio de la profesión. i. La infracción de las normas sobre inscripción de los buques, embarcaciones o plataformas fijas en las correspondientes listas del Registro de Buques y Empresas Navieras y la utilización de unos u otras en tráficos o actividades no permitidas por las inscripciones. j. La infracción de las normas sobre utilización de estaciones y servicios radioeléctricos por los buques. k. El incumplimiento de la obligación de inscripción de las empresas en el Registro de Buques y Empresas Navieras, o de dar cuenta al mismo de los actos, contratos o acuerdos que deban ser inscritos o anotados. l. La construcción de un buque o la realización de obras de transformación o cambio de motor sin la autorización administrativa estatal que corresponda o con infracción de las normas que la regulan, así como la botadura sin el permiso correspondiente. m. La infracción de las normas reglamentarias sobre desguace de los buques y sobre destrucción o abandono de las plataformas fijas en aguas situadas en zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción. o. Navegar sin sistemas de señalización reglamentariamente establecidos que permitan la localización y visualización permanente del buque o embarcación o artefacto destinado a usos de transporte, pesca o de recreo. p. Navegar sin haber obtenido la patente de navegación, pasavante o documento acreditativo de la nacionalidad del buque o embarcación. q. Navegar sin que el buque o embarcación o artefacto destinado a usos de transporte, pesca o de recreo se halle debidamente matriculado, o con los certificados reglamentarios caducados. Me parece que, dentro de la libertad de hacer cada uno lo que considere oportuno, siempre es bueno estar informado de los riesgos que se corre. Saludos. |
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#10
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Hola
Creo que este hilo está empezando a enredarse con temas que tendría que ir a otro sitio. saludos ![]()
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#11
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La DGMM está facilitando los trámites hasta que no modifiquen la normativa de seguridad, que según ha reconocido su Director es excesiva. Parece que hay cofrades que se empeñan en acceder a todos los foros que hemos creado para estar informados sobre los trámites de cambio de bandera.
Yo agradecería a estos cofrades que iniciaran un post y a los que participen les inunden con sus sabios consejos. Pero así mismo que dejen de intervenir en todos los post creados para los que estamos seguros sobre le cambio de bandera y lo único que queremos es información. Aunque si hay que sufrir en silencio (como se hace con las almorranas) pues suframoslos para poder cambiar de bandera. |
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#12
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Cita:
Sieg Heil |
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#13
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Espingorcio
Bandera Alemana
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Ayyyyy la de un pirata es la vida mejor,se vive sin trabajar, es muy relajada y muy descansada y el oro se tiene a monton. |
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#14
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Saludos a todos.
LSV ya no está en trámites, bandera Belga con todo legal, incluso MMSI y Licencia de Radio Belga y Española.
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#15
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Cita:
saludos ![]()
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#16
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Puntualizo: yo tengo el título de Operador de Radio español ya que soy CY, pero no me valía para el barco belga, para el que hace falta la Licencia de Operador de Radio Belga y ahora tengo las dos, aunque solo me haga falta la belga y el MMSI va con los datos de la Licencia Belga.
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#17
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Cita:
Ok, me pareció entender como que tenías dos licencias de estación de barco. Y a lo que te referías es que tienes también el OPERADOR DE RADIO RESTRINGIDO. saludos ![]()
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#18
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Beti Jai, Portugal
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#19
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Cita:
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Capitán, capitán, capitán de madera
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#20
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La pides a la web Pavillon Belge
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#21
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Buenas tardes cofrades. Una ronda doble para todos.
Esta es mi primera participacion en el foro Disculpad mi incultura pero estoy pensando comprar un velero de 11 m de bandera inglesa y no acabo de saber si es obligatorio rematricular con bandera española y si no lo es si es conveniente hacerlo. Muchas gracias y enhorabuena a todos ![]() ![]() |
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#22
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Caryan Pabellon Holandes
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#23
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SALUDOS COFRADES!!!
Me podriais explicar requisitos y ventajas del abanderamiento extranjero? ![]() Tengo entendido que los pesaditos de la G.C no suelen abordarte y yo ya estoy bastante cansado. GRACIAS Y BUENOS VIENTOS Editado por MONTPEALI en 27-12-2012 a las 22:54. |
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#24
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No te abordan si tienes bandera noruega y el PCOC canadiense, para el resto leéte el hilo completo.
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#25
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Me incorporo al listado y agradezco al promotor la iniciativa
Marcelino Alonos RAW PRAWN Gibraltar |
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